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La Justicia Europea estudia si le tienen que devolver su dinero desde más allá de 2013. Decenas de afectados han salido a la calle para reclamarlo.

La defensa de los afectados por las llamadas "cláusulas suelo" ha defendido este martes que la devolución retroactiva de los importes cobrados desde el origen del préstamo no supondría riesgos sistémicos para la economía española y que podría facilitar el "cumplimiento correcto" de las obligaciones adquiridas por parte de los clientes con las entidades financieras.

El Tribunal de Justicia de la UE (TUE) celebra este martes la vista oral sobre los tres asuntos prejudiciales acumulados en relación a la retroactividad de las cláusulas suelo en España. La justicia europea debe dirimir si la devolución de cantidades por la existencia de cláusulas abusivas debe calcularse desde el 9 de mayo de 2013, fecha de la sentencia del Tribunal Supremo, o desde el inicio de cada contrato hipotecario.

"Lo máximo que puede ocurrir, y espero que ocurra, es que (las entidades financieras) reduzcan su beneficio, pero en ningún caso un riesgo sistémico", ha defendido el abogado de Francisco Gutiérrez, iel Pineda, en el asunto contra Cajasur. "Entendemos que el riesgo de trastornos graves no debe confundirse con la obligación de devolver una gran cantidad de dinero por el sistema bancario en su conjunto", ha añadido.

Además, este abogado ha calificado como "llamativo" que tanto las entidades financieras como el Estado español "hayan tomado por bandera" la seguridad jurídica y el enriquecimiento injusto "para defender sus pretensiones cuando lo que solicitan es que los bancos puedan librarse de tener que devolver las cantidades que indebidamente han cobrado a los consumidores".

En este sentido, ha recordado que "más de 600.000 familias han sido desahuciadas" y que en muchas ocasiones ha sido por "impagar un préstamo hipotecario cuando muchas veces contenía una cláusula suelo".

En la misma línea, el abogado Francisco García Cerrillo, en representación de Emilio Irles y Teresa Torres contra Banco Popular, ha indicado que mientras que la sentencia del Supremo concluye que los efectos económicos de las devoluciones completas "repercutirá indirectamente en el consumidor", también puede argumentarse que "inyectar en multitud de hogares 5.000, 6.000 ó 7.000 euros conllevaría incentivar el consumo, la posibilidad de ahorro y el cumplimiento correcto de las obligaciones de esos ciudadanos con las propias entidades financieras".

Por otro lado, el abogado de Ana María Palacios en su caso contra BBVA, Francisco Zambudio, ha subrayado que el carácter abusivo de una determinada cláusula "supone que la conducta ha sido contraria a la buena fe", en contra de otro de los criterios del Supremo para declarar la irretroactividad de las devoluciones por cláusulas suelo.

"Nada cambia el hecho de que la cláusula haya sido abusiva por un defecto de transparencia. Si una cláusula ha sido declarada abusiva, aunque sea por la falta de transparencia, es porque el órgano juzgador ha apreciado la concurrencia de mala fe", ha insistido en su alegato, en el que ha recordado que el Tribunal Supremo calificó en sus sentencia esta conducta como "engañosa".