Calendario de la declaración de la Renta 2025: fechas y cambios importantes
Ya se conocen las fechas para presentar la declaración de la Renta de 2025. La campaña se abre el 8 de abril de 2026 y acaba el 30 de junio de 2026, fecha límite para presentar la declaración de la renta.
Todos los contribuyentes que hayan obtenido rentas por encima de los 22.000 euros, además de los autónomos y los que hayan recibido prestación por desempleo, están obligados a presentarla.
Fechas para presentar la Renta 2025 por Internet
Del 8 de abril al 30 de junio de 2026 se puede modificar y presentar la declaración de la Renta 2025 por Internet (Renta WEB). La fecha se acorta hasta el 25 de junio si el resultado es a ingresar con domiciliación bancaria.
Fechas para presentar la Renta 2025 por teléfono
La Agencia Tributaria podrá confeccionar su declaración de la Renta 2025 por teléfono del 6 de mayo al 30 de junio de 2026. La solicitud de cita previa estará disponible del 29 de abril al 29 de junio.
Fechas para presentar la Renta 2025 de forma presencial
La atención presencial en oficinas se realizará del 1 de junio al 30 de junio de 2026, con solicitud de cita previa disponible del 29 de mayo al 29 de junio.
Teléfono para pedir cita previa para la declaración de la Renta
- 91 535 73 26 / 901 12 12 24 (teléfono automático)
- 91 553 00 71 / 901 22 33 44 (servicio de cita para Renta)
Cambios y deducciones en la Renta 2025
La campaña de 2026 trae también novedades relacionadas con deducciones fiscales, especialmente aquellas vinculadas a la eficiencia energética de las viviendas.
Según la normativa, esta deducción básica se sitúa en un 20% para contribuyentes que reduzcan al menos un 7% de la demanda de calefacción y refrigeración, con una base máxima de 5.000 euros. Esto puede traducirse en una deducción de hasta 1.000 euros para propietarios que acometan mejoras en su vivienda habitual o en contratos de alquiler establecidos antes del 31 de diciembre de 2027.
Para quienes acrediten una reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable, la deducción puede llegar al 40%, lo que se traduce en un ahorro de hasta 3.000 euros para viviendas con certificación energética “A” o “B”.
Otra deducción importante que aparece en el BOE es la posibilidad de alcanzar hasta un 60% de deducción para propietarios que realicen obras de eficiencia energética en edificios de uso predominantemente residencial, siempre que se logre una reducción del 30% de energía o se obtenga la certificación “A” o “B”.
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