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Bankia ha recibido 182.666 solicitudes de arbitraje de participaciones preferentes y deuda subordinada por parte de sus clientes, el 76,4 % de las 238.967 que podían presentar en el plazo abierto por la entidad y que finalizó el pasado lunes. Según los datos actualizados hoy por Bankia en su página web, la Junta Nacional Arbitral de Consumo ha dictado 2.095 laudos favorables, con lo que casi 3.000 tenedores de estos productos ya han recuperado la totalidad de su inversión, ya que hay laudos que pueden beneficiar a varios clientes.

Todos los clientes minoristas titulares de participaciones preferentes y deuda subordinada que fueron emitidas por las cajas fundadoras de Bankia podían presentar su solicitud de arbitraje desde el pasado 18 de abril. El proceso finalizó el pasado lunes, 15 de julio, después de que la entidad ampliara el plazo, que acabó el 30 de junio.

Tal y como ponen de manifiesto los datos actualizados hoy, hasta la fecha, Bankia ha recibido 182.666 solicitudes de arbitraje, de las que 47.695 se han tramitado mediante las oficinas de la entidad.

Además, otras 126.887 solicitudes están siendo ya analizadas por el experto independiente KPMG, la consultora encargada de elaborar un informe para valorar, en función de los criterios fijados por la Comisión de Seguimiento creada para supervisar el proceso de arbitraje, si cada una de las solicitudes presentadas reúne los requisitos para participar en este proceso

También hay 5.752 solicitudes que han sido remitidas a la Junta Arbitral de Consumo.

En total, la Junta Arbitral de Consumo ha dictado 2.095 laudos favorables en este proceso de arbitraje, que tal y como explicó Bankia era gratuito y no requería la asistencia de abogados, ni procuradores, además de que es alternativo a la vía judicial. Mediante este proceso, se podían atender y resolver reclamaciones basadas en defectos de comercialización de un determinado producto y servicio.

La entidad ha gestionado desde sus oficinas todas las solicitudes presentadas por los clientes y las ha ido remitiendo a KPMG, como gestor independiente, para que elabore un informe valorando la solicitud. Este informe determina la cuantía máxima a devolver, y posteriormente, Bankia contacta con el cliente para comunicarle el resultado y que éste pueda decidir si quiere o no continuar con el proceso arbitral.

Si el cliente no quiere continuar con el proceso de arbitraje, podrá renunciar a él y podrá optar por otras posibilidades, como la vía judicial. En el caso de que el cliente esté conforme, debe firmar un convenio arbitral y renunciar a acudir a la vía judicial.Tras firmar ambas partes, se inicia el arbitraje por la Junta Arbitral Nacional que finaliza con la comunicación del laudo al cliente y a Bankia.