Ayuda para hacer la Declaración de la Renta

Ayuda para hacer la Declaración de la Renta
Ayuda para hacer la Declaración de la Renta |Telemadrid

La Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid ha puesto en marcha un teléfono y varias oficinas donde dar información y ayudar a los madrileños a realizar la declaración de la renta 2010, según ha informado este domingo el Ejecutivo autonómico en un comunicado.

Así, los contribuyentes madrileños podrán informarse sobre los beneficios fiscales existentes en la región a través del teléfono 901.50.50.60, así como acudiendo a dos centros de Atención al Ciudadano que estarán situados en las dependencias de la Consejería de Economía y Hacienda en las calles Paseo del General Martínez Campos, 30 (3ª planta) y Gran Vía, 43 (10ª planta).

Para acudir a estos puestos es necesario solicitar siempre cita previa en el teléfono 901.22.33.44, que estará operativo hasta el 29 de junio de 2011 en horario de 9 a 20 horas, de lunes a viernes. Este servicio también puede utilizarse para confirmar y rectificar los borradores de la declaración recibidos por los contribuyentes.

Por su parte, en el portal de Internet www.madrid.org podrán encontrar toda la información sobre la Campaña de 2010 y, como en años anteriores, se pueden presentar telemáticamente las declaraciones y solicitudes de devolución a través de Internet en el mismo momento en que se completan, con lo que se evitan desplazamientos a los contribuyentes.

"Este sistema permite una mayor rapidez de gestión y atención a los contribuyentes madrileños, así como una mayor agilidad en la tramitación y resolución de las solicitudes de devolución por parte de la Agencia Tributaria", defiende la Comunidad de Madrid.

NUEVAS BONIFICACIONES

Según los datos del Ejecutivo regional, más de tres millones de contribuyentes madrileños tendrán que presentar la próxima Declaración de la Renta, cuya campaña empieza el 3 de mayo y se prologará hasta el 30 de junio.

Además, la región estrena en esta ocasión cinco nuevos beneficios fiscales para las familias (numerosas y con rentas más bajas), los inversores y los emprendedores.

Así, las familias numerosas podrán aplicarse unos mínimos por descendientes a partir del tercero con una cuantía de un 10 por ciento superior a la contemplada por el estado. En concreto, se podrán aplicar un mínimo de 367,20 euros más por el tercer descendiente y de 418,20 euros más por el cuarto y siguientes. De este modo, el ahorro medio para tales familias podrá alcanzar casi los 50 euros más por descendiente.

Asimismo, las familias con al menos dos hijos y rentas familiares inferiores a 24.000 euros anuales tendrán una rebaja del 10 por ciento de la cuota íntegra autonómica a pagar. De esta forma, los más de medio millón de madrileños (505.000 contribuyentes) que se beneficiarán de esta nueva deducción, tendrán un ahorro medio de 158 euros por unidad familiar.

Por ejemplo, una pareja de jóvenes, con ingresos anuales inferiores a 24.000 euros, y que vivan de alquiler, pagarán cero euros en el IRPF.

Las otras tres deducciones nuevas afectan a los inversores en entidades de reciente creación o en expansión, y a los jóvenes emprendedores.

Por un lado, los inversores particulares que aporten capital y conocimiento a nuevas empresas estrenan una deducción del 20 por ciento de las cantidades invertidas, con el máximo de 4.000 euros anuales, en la adquisición de acciones y participaciones sociales en entidades siempre que, además de aportar fondos a la entidad, contribuyan con su conocimiento y experiencia en el ámbito profesional o empresarial relacionado con la actividad de la empresa, y se involucre en su desarrollo.

Asimismo, los contribuyentes que realicen inversiones en procesos de ampliación de capital de empresas en expansión que coticen a través del Mercado Alternativo Bursátil también podrán deducirse un 20 por ciento de las cantidades invertidas con un máximo de deducción de hasta 10.000 euros.

Finalmente, los jóvenes emprendedores de la Región que inicien su actividad podrán deducirse hasta 1.000 euros en el primer año de ejercicio.

OTRAS BONIFICACIONES

Pero no son éstas las únicas bonificaciones de las que pueden beneficiarse los contribuyentes madrileños, que también contará con a su disposición una decena de beneficios fiscales.

Y es que los madrileños son los primeros que se pudieron beneficiar de una reducción de un punto en el tramo autonómico del IRPF, que se suma a una deducción de hasta 900 euros por el nacimiento o adopción de hijos, la más alta de todas las comunidades autónomas, y 600 euros adicionales por niño cuando se trate de partos múltiples o adopciones múltiples.

Para paliar los gastos que generan las adopciones internacionales, la Comunidad cuenta con una deducción en el IRPF de entre 1.200 y 1.500 euros (600 euros, más los 600, 750 o 900 euros de la deducción genérica por nacimiento o adopción). Esta cuantía puede ser incrementada con otros 600 euros por niño cuando se trate de adopciones múltiples.

En cuanto a la deducción por acogimiento familiar de menores, alcanza la cuantía de 600, 750 o 900 euros en función del número de menores acogidos. También se mantiene la deducción de 900 euros por el acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o de discapacitados.

Asimismo, se conserva la deducción en el IRPF por arrendamiento a jóvenes menores de 35 años, que se aplica sobre el 20 por ciento de las cantidades destinadas por los jóvenes al alquiler de su vivienda hasta un máximo de 840 euros, lo que equivaldría a dos mensualidades de alquiler medio.

Para impulsar la participación ciudadana en actividades de interés general a través de fundaciones que desarrollen actividades de carácter social, asistencial, educativas, sanitarias o culturales, los madrileños podrán desgravarse el 15 por ciento en los donativos satisfechos cada año.

También se mantienen las deducciones que se estrenaron en la campaña anterior para los gastos escolares y por inversión en vivienda habitual de nueva construcción.

De esta forma, se pueden desgravar los gastos en concepto de escolaridad obligatoria, uniforme o vestuario de uso exclusivamente escolar o en el aprendizaje de idiomas extranjeros, tanto si éstos se imparten como actividad extraescolar o si tienen carácter de educación de régimen especial. Sobre esta base se aplicará una deducción del 10 por ciento, con un límite de 500 euros por hijo o descendiente.

La medida beneficiará a las familias que no superen los 10.000 euros anuales por miembro de la unidad. Esto es, una familia de cinco miembros podrá acogerse si su renta no supera los 50.000 euros al año.

Por último, los madrileños pueden desgravarse un punto adicional de las cantidades invertidas en la adquisición de viviendas nuevas, siempre y cuando la compra se haya producido a partir del 30 de abril de 2009. Dada la configuración del impuesto este punto adicional supone un incremento del 13,3 por ciento en la cuantía de la deducción autonómica.

"El Gobierno regional garantiza de cara a la próxima campaña de la Renta que los madrileños serán los únicos contribuyentes españoles que mantengan la deducción por adquisición de vivienda en el tramo autonómico para todas las rentas. El Gobierno de Rodríguez Zapatero la suprimió el pasado 1 de enero de 2011 para los contribuyentes con bases imponibles superiores a 24.107 euros", añade la Comunidad.

Con todas estas bonificaciones, el Ejecutivo regional asegura que los madrileños serán, "un año más, los españoles que más se ahorrarán al presentar la declaración, ya que tendrán de media un beneficio neto de 115 euros, por la rebaja de un punto en el tramo autonómico del impuesto, así como por las deducciones aprobadas por el Gobierno regional".