¿Cuánto pagas en Madrid por el agua que bebes? Así es tu factura

  • El precio del agua en Madrid permanece a 0,001486 euros el litro, tarifa que Canal de Isabel II mantiene congelada desde hace siete años
Imagen de recurso de un grifo de agua de uso doméstico goteando
Imagen de recurso de un grifo de agua de uso doméstico goteando |EUROPA PRESS

¿Cuánto pagas de agua al mes en Madrid? En tiempos de aumento de los precios, es importante saber cuál es el gasto en tu hogar de un recurso tan básico como el agua. Y de paso, importante entender cómo es tu factura. Te lo contamos.

Según datos de Canal de Isabel II, una persona que vive sola utiliza aproximadamente 4 metros cúbicos al mes, es decir, 8 al bimestre. Dos personas usan 8 metros cúbicos al mes o 16 al bimestre. Una familia de cuatro personas usa 20 metros cúbicos al mes o 40 al bimestre.

A día de hoy, el precio del agua en Madrid permanece a 0,001486 euros el litro, tarifa que Canal de Isabel II mantiene congelada desde hace siete años. Es por esto que, a diferencia del precio de otros suministros, en Madrid pagamos mucho menos de lo que se paga en otras zonas, siendo la región madrileña una de las que menos paga por el agua.

Qué pagas cada mes

Recuerda que el agua hay que captarla, tratarla y distribuirla. Y después de su uso, se depura para devolverla a los ríos en óptimas condiciones. Por ello en cada factura estos conceptos vienen desglosados de la siguiente forma: Aducción, Distribución, Depuración y Alcantarillado.

  • La aducción consiste en captar, almacenar y tratar el agua para que podamos disponer de ella en cualquier momento del año

  • Una vez potabilizada, se distribuye por la red de Madrid, que cuenta con más de 17.000 kilómetros de conducciones, para llegar a todos los hogares

  • Tras su uso, el agua residual es recogida en la red de alcantarillado y drenaje urbano, que suma más de 15.0000 kilómetros

  • Y se traslada a las EDAR (estaciones depuradoras de aguas residuales), donde el agua residual es tratada para ser devuelta a los ríos en óptimas condiciones.

Por último, en algunas ocasiones se produce una fase extra: la de regeneración. Consiste en dar un tratamiento extra al agua depurada para destinarla, por ejemplo, a regar parques y jardines o a baldear las calles.

La factura de los todos los madrileños cubre cada una de estas fases en dos cuotas: cuota de servicio y cuota de consumo. La primera es fija, es decir, es la misma en cada factura. La cuota variable o de consumo depende de lo que se consume durante el periodo que se factura. Al ser dos cuotas, decimos que una factura es binómica.

Bonificación en viviendas 'okupadas'

Una novedad importante, aplicada desde finales de octubre, es que el Gobierno regional bonifica el 100% de la factura del agua a los propietarios víctimas de la ocupación de un inmueble.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, anunció este jueves que el Gobierno regional bonificará a partir de este viernes 28 de octubre el 100% de la factura del agua a los propietarios víctimas de la ocupación de un inmueble.

Madrid aplica ya la bonificación del 100% de la factura del agua a los propietarios víctimas de 'okupación'
Madrid aplica ya la bonificación del 100% de la factura del agua a los propietarios víctimas de 'okupación'
Madrid aplica ya la bonificación del 100% de la factura del agua a los propietarios víctimas de 'okupación'

Madrid aplica ya la bonificación del 100% de la factura del agua a los propietarios víctimas de 'okupación'

"El Canal de Isabel II se hará cargo de esas facturas del agua porque estas personas, siendo víctimas de una ocupación, ya tienen muchos gastos extraordinarios y tenemos que ser sensibles a esta necesidad", dijo la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, al anunciar esta medida.

Tras destacar que se estima que hay 4.300 viviendas ocupadas en la región, explicó que la nueva bonificación, se aplicará desde la fecha de presentación de la solicitud y durante el tiempo que dure la situación de ocupación ilegal. Inicialmente tendrá una vigencia de seis meses que, en todo caso, podrá prorrogarse en periodos de idéntica duración mientras las viviendas permanezcan ocupadas ilegalmente y así se justifique.