Los deportistas federados que residan en las regiones que aún se encuentran en la fase 0 podrán realizar entrenamientos de forma individual, en espacios al aire libre, dos veces al día en los horarios comprendidos entre las 6.00 y las 10.00 horas y entre las 20.00 y las 23.00 horas.
Según se recoge en la orden del Ministerio de Sanidad publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se permite que los deportistas federados realicen sus entrenamientos dentro de los límites de la región en la que se encuentran.
Así, en las regiones que aún no pasan a la fase 1 y que se encuentran en la etapa inicial, el Gobierno ha modificado ciertos aspectos en la relajación de las restricciones añadiendo así este en el que permite a los deportistas federados realizar su actividad en dos turnos a lo largo del día.
Sin embargo, la orden diferencia a estos deportistas federados de los calificados como alto nivel o de interés nacional por el Consejo Superior de Deportes.