La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este lunes asumir la orden dictada por el Tribunal Supremo en sus medidas cautelares sobre la disposición de la Ley de Memoria Democrática conocida como 'ley de nietos' y ha encargado informes a la Oficina del Censo Electoral y a los registros consulares para, entre otras medidas, verificar la vinculación con el exilio de las personas que hayan obtenido o estén en trámites de obtener la nacionalidad española por esta vía.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal decidió la semana pasada atender las peticiones de Vox y Iustitia Europa y suspendió cautelarmente --hasta que dicte sentencia-- el voto para las personas ya inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que consiguieron la nacionalidad a través de la citada norma, así como las nuevas altas en el mismo, salvo que acrediten que descienden de exiliados españoles.
En este contexto, el alto tribunal ordenó a la JEC que requiera de inmediato sobre ese extremo a los encargados de los registros consulares, a los que encarga que "expidan certificación acreditativa" de que los beneficiados por la conocida 'ley de nietos' nacieron "fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela" originariamente españoles que sufrieron "exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual" y que "hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad".