¿Quién debe hacerse cargo de los gastos derivados del teletrabajo?

El confinamiento por el coronavirus ha disparado las cifras de personas que han trabajado o están trabajando desde casa. Según datos oficiales, casi un 40% de los españoles han teletrabajado estos meses.

Esta situación, inédita para la mayoría, genera no pocas dudas sobre la relación de empleados y empresas: la jornada laboral, el absentismo, los gastos o la prevención de riesgos laborales.

Sin duda, una de las dudas principales de estas personas es ¿quién debe hacerse cargo de los gastos derivados del teletrabajo?.

El Gobierno ha abierto una consulta pública para regular esta modalidad y, entre otras cuestiones, plantea que las empresas paguen un plus a sus empleados por gastos como la luz o la wifi.

El Gobierno abre una consulta pública para regular el teletrabajo
El Gobierno abre una consulta pública para regular el teletrabajo
El Gobierno abre una consulta pública para regular el teletrabajo

El Gobierno abre una consulta pública para regular el teletrabajo

El experto Pere Vidal considera que en una relación laboral por cuenta ajena, los costes del teletrabajo deberían ser asumidos por la empresa y no por el trabajador: conexión a internet, equipos de trabajo...

Además, continúa Vidal, hay otros gastos adicionales como el consumo de electricidad derivado del teletrabajo que también deberían correr por cuenta del empresario, aunque sobre estos conceptos, los trabajadores deberían atenerse a lo que diga el convenio colectivo o uno específico sobre el teletrabajo.

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