Permiten a un maltratador convivir con su víctima porque él no tiene dónde ir

  • Un juez de Jaén antepone el estado de necesidad del maltratador, de 78 años, al riesgo potencial de nueva agresión
Campaña contra la violencia machista
Campaña contra la violencia machista |Telemadrid

La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ha absuelto a un hombre de 78 años acusado de un delito de quebrantamiento de condena y le permite vivir con su mujer, a la que había maltratado, al considerar que se encuentra en estado de necesidad y no tienen a dónde ir.

La sentencia estima el recurso de apelación presentado por el acusado, S.M.C., que había sido condenado a nueve meses de cárcel en primera instancia en diciembre de 2013 por un juzgado de lo Penal por un delito de quebrantamiento de condena con la agravante de reincidencia.

En 2006 este hombre había sido condenado por un delito de violencia de género y lesiones, por el que tenía prohibido acercarse y comunicarse con su esposa hasta el mes de noviembre de 2014.

Sin embargo, entre octubre 2011 y mayo de 2012 estuvo conviviendo con ella en su domicilio en la localidad jiennense de Bedmar-Garcíez.

En el recurso, aseguraba que se encontraba en estado de necesidad, hecho que la Audiencia ha aceptado, al tener el acusado 78 años, y asegurar su mujer que tenía "interés" en recogerlo tras verlo todos los días "deambular" por el pueblo al no tener dónde ir.