El Supremo delibera sobre la condena a 15 años de prisión impuesta al homicida de Alvaro Ussía

  • Impuesta en septiembre a Antonio S.S., alias 'Pitoño', como responsable del homicidio ocurrido el 15 de noviembre de 2008

El Tribunal Supremo revisa mañana la condena a 15 años de prisión impuesta el pasado septiembre a Antonio S.S., alias 'Pitoño', como responsable del homicidio de Alvaro Ussía ocurrido el 15 de noviembre de 2008 a las puertas de la discoteca 'El balcón de Rosales'. Su abogada ha recurrido la sentencia

Los magistrados de la Sala de lo Penal deliberarán a puerta cerrada sobre el recurso presentado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que condenó a Pitoño y absolvió a los otros dos procesados, David S. y David A., de la comisión del homicidio en concepto de cómplices.

El recurso será visto sólo por los magistrados, ya que se trata de la deliberación y fallo sobre el mismo.

La Audiencia de Madrid impuso a estos dos acusados cinco años de prisión por haber sido cómplices del delito. De este modo, los magistrados del TSJM estimaron los recursos interpuestos por los abogados de David S. y David A.

Para la Sala del TSJM, no parecía que "exista base suficiente para imputar a los dos recurrentes" la aceptación voluntaria de colaborar en un acto homicida cuando la muerte se produjo como consecuencia de una actuación guiada por un impulso de dolo eventual", ya que ni el autor tenía "el ánimo directo de matar".

Los magistrados recalcaron que "no existen razones sólidas para exigir a ninguno de los dos actuales recurrentes responsabilidad criminal como cómplices por una muerte que no han decidido ni aceptado y cuya producción, realizada en un periodo de tiempo muy breve, sólo puede imputarse al comportamiento individual de otra persona cuya autoría no cabe sin más extender".

De este modo, la resolución concluyó que ni el veredicto del Jurado Popular que les declaró culpables ni la sentencia explican o motivan "de qué hechos o de qué actitudes se desprende la responsabilidad de la conducta desplegada por el principal acusado".

HECHOS PROBADOS POR LA AUDIENCIA

En los hechos probados, la sentencia de la Audiencia de Madrid daba por probado que el 15 de noviembre de 2008 Alvaro Ussía estaba con unos amigos en la discoteca 'El balcón de Rosales, en la que trabajaban como porteros 'Pitoño', David S. y David A.

Mientras estaba en el interior de las instalaciones, Ussía tuvo un incidente con una chica y fue expulsado por los porteros. Una vez fuera, protestó y les insultó.

"Cuando Alvaro estaba en el tramo de las escaleras que suben la discoteca al Paseo de Pintor Rosales, Antonio, seguido por David y por David, fue hasta el final y lo condujo por la fuerza hasta el final de las escaleras", apuntó el tribunal.

Una vez allí, "Antonio derribó a Alvaro con una zancadilla o barrido, cayendo al suelo de espaldas, donde quedó boca arriba, tras lo cual Antonio se tiró de rodillas sobre el pecho, impactándole con todo su peso, sabiendo que esta acción podía causar la muerte de Alvaro debido a la fuerza del impacto en una zona tan vital".

La sala recordó que 'Pitoño' se mantuvo encima de Alvaro "mientras le seguía golpeando". "Se levantó después, tras dejar a Alvaro inconsciente y provocarle una rotura traumática del corazón por aplastamiento que le causó la muerte a las 7 horas de ese día en el Hospital Clínico San Carlos de Madrid, donde fue trasladado por el Samur", indica.

El tribunal también señaló que mientras ocurría esto David S. y David A. se mantuvieron allí presentes "asumiendo la acción de Antonio e impidiendo que los amigos de Alvaro y otras personas acudieran en su ayuda, favoreciendo de este modo que Alvaro perdiera la vida".

Además, destacó que Antonio "se aprovechó" conscientemente de su situación de superioridad sobre Ussía "derivada de su mayor corpulencia física, el apoyo de otros porteros y la disminución de reflejos de Alvaro a causa del alcohol consumido".