Seguirá en prisión hasta el 2025 el asesino de la niña de 9 años Olga Sangrador

La Audiencia de Valladolid ha decidido que continúe en prisión hasta 2025 Juan Manuel Valentín Tejero, quien fue condenado a cincuenta años de cárcel por el asesinato, rapto y violación de la menor de 9 años Olga Sangrador en 1992 en Villalón de Campos (Valladolid). La Audiencia ha tenido así en cuenta la solicitud de la Fiscalía, que reclamó que se considerase el total de la pena impuesta y no el límite máximo de cumplimiento -Doctrina Parot- a la hora de decidir sobre la puesta en libertad o no de Valentín Tejero, quien se encuentra preso en la cárcel de Herrera de La Mancha, en Ciudad Real, han explicado a Efe fuentes jurídicas.

La Sala acuerda "fijar como fecha de licenciamiento definitivo del penado Juan Manuel Valentín Tejero, el día 11 de julio de 2025, respecto a los cinco procedimientos" que se señalan en la resolución, explica la parte dispositiva del auto, que recuerda la posibilidad de interponer recurso de casación, ante el Tribunal Supremo, según la resolución facilitada hoy por el TSJCyL. La Audiencia expone que el centro penitenciario en el que cumple condena Valentín Tejero propuso la aprobación del Licenciamiento Definitivo del interno respecto a cinco sumarios y planteó tres opciones, entre ellas la que incluye la suma de las penas impuestas respecto al sumario 2/92 -el de la niña de 9 años- "fijando la pena de éste en treinta años y aplicando los beneficios penitenciarios, que supondría que dejaría extinguida la pena el 15 de marzo de 2012".

Otra de las posibilidades que manifestó el centro penitenciario derivó de la suma de las penas impuestas pero fijando las penas del mismo sumario no en el límite de treinta años de cumplimiento efectivo, sino teniendo en cuenta independientemente las penas impuestas en el procedimiento. Estas penas supondrían treinta años por asesinato y veinte por violación y rapto, con abono de redenciones ordinarias y extraordinarias, que fijaría la fecha de cumplimiento el 11 de julio de 2025 -opción que ha elegido la Audiencia-.

La tercera alternativa que proponía el centro penitenciario se refería a la liquidación con la suma de todas las penas sin los beneficios penitenciarios y con un máximo de estancia en prisión de treinta años, lo que fijaría como fecha de cumplimiento definitivo el 8 de abril de 2031.

En los Fundamentos de Derecho, el auto aclara que el límite "penológico" de los treinta años es tan sólo aplicable a las penas impuestas en la causa 2/92 -el caso de la niña de 9 años- pero no en otros cuatro sumarios que no cumplen el requisito cronológico para la limitación establecida en el Código Penal ni pueden ser objeto de acumulación jurídica. "Siguiendo, pues, el orden de gravedad, después de las penas del sumario 2/92, pasará a cumplir la pena de prisión de siete años y cinco meses" impuesta en uno de estos sumarios, de seis años y cuatro meses de otro, y de cuatro meses de prisión impuestas en otros dos sumarios, respectivamente.

Teniendo en cuenta la normativa legal y el espíritu que preside la sentencia 197/2006 del Tribunal Supremo -que incluye la doctrina Parot- y los más recientes autos de 22 de enero de 2010 y 343/2001, "este tribunal fija la fecha de licenciamiento definitivo de los procedimientos" expuestos en el auto en el día 11 de julio de 2025".Ante las alegaciones formuladas por las partes, el auto considera, respecto a la finalidad de reeducación y reinserción de las penas, que la resolución no afecta al tratamiento rehabilitador del interno dentro de la normativa penitenciaria.

La Audiencia de Valladolid impuso la condena de cincuenta años de cárcel a Valentín Tejero por hechos cometidos cuando disfrutaba de un permiso penitenciario mientras cumplía condena por tres delitos de abusos deshonestos. El condenado ha manifestado que pide perdón y está arrepentido de los crímenes que cometió, según una declaración que publica hoy el El Mundo Diario de Valladolid.