Cárcel para un abogado por quedarse con el dinero de unos clientes que acabaron mendigando

  • Se apropió de cantidades de la pensión de incapacidad del marido
  • La mujer acabó pidiendo limosna en la iglesia para poder vivir
Sede del Tribunal Supremo de España
Sede del Tribunal Supremo de España |TELEMADRID

La Sala Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de cinco años de prisión a un abogado de Gijón por quedarse con 148.850 euros de un matrimonio de clientes, a los que dejó en una situación de penuria económica que obligó a la mujer a pedir limosna en la puerta de una iglesia, según recogen los hechos probados.

En 2010, la mujer acudió al letrado para encargarle, entre otras gestiones, la tramitación del cobro de la pensión de incapacidad permanente reconocida a su marido tras sufrir, a los 60 años, una parada cardio-respiratoria mientras estaba trabajando, lo que le generó una grave discapacidad.

Tras encargarse de que la pareja cobrase el dinero del seguro por el accidente y la prestación en el grado de gran invalidez, el abogado aconsejó a la mujer que le otorgara un poder para seguir con las reclamaciones pendientes.

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La mujer, que la sentencia explica que era una persona de bajo nivel intelectual, con dificultades de funcionamiento en tareas complejas y desbordada por la situación generada por el accidente laboral de su marido, le concedió a él y a una abogada de su despacho un poder amplísimo que incluía las facultades para ingresar o retirar fondos o realizar transferencias para pagos a terceros en las entidades bancarias donde ella fuera titular de cuentas corrientes.

El abogado, al margen de su compañera de despacho y con desconocimiento de ésta, procedió a abusar del poder otorgado de buena fe” por la mujer, apropiándose entre 2010 y 2017 de 148.850 euros de la pareja.

Cantidades de dinero ingresadas en la cuenta bancaria que el matrimonio tenía fueron desapareciendo de la misma con importantes y numerosas disposiciones en efectivo.

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La retirada de fondos y las tasas de descubierto llevó a los titulares a una penuria económica que llevó a (la mujer) a pedir limosna en la puerta de una iglesia, ya que en repetidas ocasiones acudía en Valladolid a sacar el dinero del banco para cubrir sus modestas necesidades -al margen de las domiciliaciones- y no lo podía hacer por no existir metálico.

El asunto se destapó cuando un hombre se interesó por la situación de la mujer y la acompañó al despacho de una abogada, que puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía en junio de 2017.

La Audiencia de Asturias, en sentencia posteriormente ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad, condenó al abogado como autor de un delito continuado de apropiación indebida, de especial gravedad.

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La pena impuesta fue de cinco años de prisión, el mismo tiempo de inhabilitación para ejercer la profesión de abogado, multa de 3.960 euros, y el pago de 180.906 euros como indemnización a la pareja por los perjuicios ocasionados más 5.000 euros a la mujer por daños morales.

El Supremo corrige el fallo únicamente en la cuantía de la indemnización, que reduce de 180.906 euros a 148.850 euros, al considerar que de la primera cuantía hubo 33.000 euros que sí se acreditó que fueron gastos del matrimonio atendidos por el acusado.