La reforma constitucional afectará a una mínima parte de los 250.000 aforados

  • El Consejo de Ministros aprobará este viernes la reforma constitucional para poner fin a los aforamientos
  • Así lo ha anunciado el presidente del gobierno y secretario general de PSOE, Pedro Sánchez
La candidata a la reelección de la Presidencia de la Junta, Susana Díaz, y el presidente del Gobierno y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, se saludan al finalizar un acto público en Marbella. (EFE)
La candidata a la reelección de la Presidencia de la Junta, Susana Díaz, y el presidente del Gobierno y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, se saludan al finalizar un acto público en Marbella. (EFE)

La reforma de la Constitución, que dará sus primeros pasos este viernes en el Consejo de Ministros y que pretende suprimir los aforamientos de los políticos, afectará a una mínima parte de los 250.000 aforados que hay en España, la inmensa mayoría miembros de las Fuerzas de Seguridad y jueces y fiscales.

A falta de los detalles definitivos, la reforma constitucional planteada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y que afectaría a los artículos 71.3 y 102.1, eliminaría el aforamiento de ministros, diputados y senadores, siempre y cuando se trate de delitos que no tengan relación alguna con el ejercicio de su cargo.

En España hay aproximadamente unos 250.000 aforados de los que algo más de 232.000 son miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o de las policías autonómicas.

El resto -algo menos de 18.000- pertenecen a instituciones estatales o autonómicas entre miembros del Gobierno, diputados y senadores, parlamentarios autonómicos, políticos, jueces y fiscales. La Constitución de 1978 otorga únicamente el aforamiento al presidente del Gobierno, a sus ministros y a los diputados y senadores.

Del resto, el grueso de personas aforadas ante el Tribunal Supremo lo son a través de la Ley Orgánica del Poder Judicial que incluyó en esta figura a los jueces y fiscales, a los magistrados del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas, a los vocales del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado y al Defensor del Pueblo.

Además, los estatutos de autonomía de las diferentes comunidades han otorgado el aforamiento ante sus respectivos tribunales superiores de justicia -no ante el Supremo- a los miembros de sus gobiernos y parlamentos autonómicos.

La reforma de la Ley de Poder Judicial aprobada en junio de 2014 incluyó también a algunos de los miembros de la Casa Real para extender el aforamiento al rey Juan Carlos, la reina Letizia, la reina Sofía y la princesa de Asturias, una vez que el rey emérito abdicó y perdió así la inviolabilidad. Inviolabilidad que sí mantiene, según la Constitución, el rey Felipe VI y que no se vería afectada por la reforma de la Carta Magna planteada por el Ejecutivo.

¿Qué es?

El aforamiento implica que esa persona, en caso de resultar imputada, lo sea por un tribunal de mayor rango al que correspondería, habitualmente el Tribunal Supremo o los tribunales superiores de Justicia de cada una de las comunidades autónomas. Además, para que ese tribunal pueda emprender esas acciones judiciales se necesita, en el caso de diputados y senadores, que Congreso o Senado autorice previamente el suplicatorio.