El Gobierno restringe la actividad de las cajas a minoristas y pymes

  • De Guindos confirma que "no hay fecha" para que las antiguas cajas salgan de sus bancos

El Gobierno ha aprobado hoy el anteproyecto de ley de cajas y fundaciones bancarias, una vuelta a los límites originales de estas instituciones, que pasarán a ocuparse de clientes minoristas y pymes en un ámbito territorial que no podrá exceder una CCAA o diez provincias limítrofes.

El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha explicado tras el Consejo de Ministros que con este anteproyecto -con el que se da por culminada la reforma del sistema financiero- la limitación de las cajas será triple: material, física y de volumen.

Según el ministro la ley estará basada en un principio fundamental: que las cajas "nunca" tendrían que haber abandonado su función originaria, ajustada a su territorio y a los ahorradores y a los pequeños y medianos empresarios, además de dedicarse sólo al negocio minorista.

Al respecto, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha destacado que se trata de volver "al sistema anterior a los años 90 y a los años 80", si bien esta nueva normativa afectará sólo a dos cajas (Pollensa y Ontinyent).

El resto de cajas que trasladaron su negocio a un banco deberán convertirse en fundaciones bancarias, cuyo régimen jurídico define la nueva norma.

Por su parte, las entidades que se mantengan como cajas en sentido estricto no podrán tener un activo superior a los 10.000 millones de euros o una cuota de depósitos por encima del 35 % de los de la comunidad autónoma en la que operen.

CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN

Además, la normativa -impulsada por la "troika", integrada por la Comisión Europea, el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Central Europeo (BCE) como una contrapartida al rescate de la banca española- incrementa la profesionalización de los órganos de gobierno de las cajas.

Para ello se "potencia la profesionalidad" del consejo de administración, cuyos miembros deberán tener conocimientos y experiencia adecuados para el desempeño de sus funciones, además de contar con los requisitos de honorabilidad y buen gobierno exigidos por la legislación.

Asimismo se fortalece la incompatibilidad de formar parte de los órganos de gobierno con cargos ejecutivos en partidos políticos, organizaciones empresariales y sindicales.

Ya no se exigirá que los miembros del consejo de administración reflejen las proporciones de cuotas representativas existentes en la asamblea general y se requerirá que al menos la mitad de sus miembros sean independientes.

También deberán tener esa condición el presidente de la comisión de control y la mitad de sus vocales.

Los miembros de la asamblea general (consejeros generales) no podrán tener la consideración de independientes y entre sus miembros -de 30 y 50 con un mandado de 4 a 6 años- deberá haber representantes de los depositantes, la voluntad fundacional de la caja y los destinatarios de la obra social.

Las administraciones públicas en ningún caso podrán designar más del 25 % de los consejeros generales.