El Supremo admite la demanda de la Fiscalía contra Sortu

La Sala del 61 del Tribunal Supremo, la competente para aplicar la Ley de Partidos Políticos, ha admitido este martes la demanda que la Fiscalía ha interpuesto contra la inscripción de Sortu en el registro del Ministerio del Interior, que se suma a la que ya se tramita desde el pasado jueves en el mismo sentido a instancias de la Abogacía del Estado. La Fiscalía General del Estado ha aportado en su demanda contra Sortu abundantes indicios que conectan la actividad de ETA y Batasuna con la nueva formación, por lo que solicitan que se ejecute la sentencia que ilegalizó en 2003 el partido de la izquierda abertzale y se impida su inscripción y actividades.

Lo más probable es que ambas demandas acaben acumulándose en una, pero por el momento cada iniciativa cuenta con un magistrado ponente diferente. La de los Servicios Jurídicos del Estado ha sido encomendada a Carlos Lesmes, y la de la Fiscalía al magistrado Rafael Gimeno-Bayón, han informado fuentes del alto tribunal.

Al igual que acordó en relación con la demanda de los Servicios Jurídicos del Estado, el Tribunal Supremo ha dado a Sortu un plazo de siete días para personarse y presentar alegaciones a las demandas que se tramitarán contra ella. Por otro lado, se han dado cinco días para alegar tanto a la Fiscalía como a Batasuna, a ésta última a los efectos de considerarla parte del procedimiento en el que la Abogacía ha presentado incidente de ejecución.

Igualmente, y al igual que ocurrió en el caso de la demanda de la Abogacía, se ha comunicado al Ministerio del Interior la admisión a trámite de la iniciativa de la Fiscalía en aplicación de lo señalado al respecto en la Ley de Partidos. La misma notificación, realizada el pasado jueves respecto a la primera de las demandas, ya supuso la paralización de los trámites de inscripción del partido abertzale.

CALENDARIO

El Tribunal Supremo pretende agilizar al máximo la resolución de este asunto "ante la exigencia de cohonestar (compatibilizar) el procedimiento incidental con la convocatoria de elecciones" municipales y forales prevista para el próximo 28 de marzo.

Para ello, el alto tribunal ha habilitado los sábados y los domingos de tres fines de semana del mes de marzo, lo que les permitirá reunirse si es necesario, entre las 8.00 y las 15.00 horas de los fines de semana del 12, 13, 19 y 20 de marzo, según se señala una providencia dictada el pasado viernes por el presidente de este tribunal, Carlos Dívar.

La Sala del 61, competente para dirimir la cuestión según establece la Ley de Partidos Políticos, está integrada por el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Dívar, los presidentes de la Sala de lo Civil (Juan Antonio Xiol Ríos), de lo Penal (Juan Saavedra Ruiz), Contencioso-Administrativo (José Manuel Sieira Míguez), Social (Gonzalo Moliner Tamborero) y Militar (Angel Calderón Cerezo).

Como magistrados más antiguos están Jesús Corbal (Sala de lo Civil), Carlos Granados Pérez(Penal), Ricardo Enríquez Sancho (Contencioso), Aurelio Desdentado Bonete (Social) y José Luís Calvo Cabello (Militar), han informado este jueves fuentes del alto tribunal. Los más modernos, todos nuevos a la hora de deliberar sobre la aplicación de la Ley de Partidos Políticos, son Rafael Gimeno-Bayón Cobos (Civil), Alberto Jorge Barreiro (Penal), Carlos Lesmes Serrano (Contencioso) Manuel Ramón Alarcón Caracuel (Social) y Francisco Javier de Mendoza Fernández (Militar).

PETICION FISCAL

En el escrito que presentó este lunes, de 168 páginas, la Fiscalía aporta nueve indicios que relacionan a ETA o Batasuna con Sortu y solicita al alto tribunal que impida que Sortu pueda inscribirse en el Registro de Partidos Políticos y que no desarrolle actividad política de ningún tipo. La Fiscalía reconoce que una condena expresa de la violencia etarra habría bastado para incluir a Sortu "en el marco legal" si bien, por el contario ha llegado a la conclusión de que Sortu ha sido diseñado, creado y aprobado por ETA/Batasuna con la única finalidad de mantener su presencia en la vida pública y participar en las elecciones.

Igualmente, el escrito analiza la actitud de Sortu en relación con los actos terroristas de ETA y más en concreto su posición respecto de las últimas actuaciones policiales y de kale borroka, que no han sido rechazadas por los representantes de la nueva formación política. Uno de las principales pruebas contra Sortu detectadas por la Fiscalía es la existencia de conexiones con ETA y Batasuna en el caso de tres de las personas que comparecieron en los actos públicos de Sortu, según reflejan los informes policiales en los que se basa la petición de la Fiscalía.