El PSOE asume las expropiaciones forzosas en sus enmiendas a la Ley Antidesahucios

  • En vigor el decreto que permite a Andalucía expropiar temporalmente viviendas
  • Sancionará a bancos e inmobiliarias e incentivará a propietarios para aflorar el stock y sacarlo al alquiler

El Grupo Socialista en el Congreso ha recogido el texto íntegro de la Junta de Andalucía autorizando las expropiaciones forzosas del uso de vivienda propiedad de personas jurídicas durante tres años en caso de desahucio de familias en situación de vulnerabilidad, y lo ha presentado como enmienda del proyecto de ley Antidesahucios que actualmente está en tramitación parlamentaria. Su petición asume la iniciativa desarrollada por la Junta de Andalucía, cuyo decreto para multar y expropiar las viviendas vacías ha entrado hoy en vigor.

La responsable socialista de Vivienda, Leire Iglesias, ha explicado que entre las propuestas de modificación del PSOE al proyecto de ley de Deudores hipotecarios, de reestructuración de la deuda y del alquiler social --resultado de la fusión del proyecto de ley del Gobierno y de la iniciativa legislativa popular de dación en pago-- se cuenta una que recoge literalmente la medida aprobada esta semana por Andalucía.

En concreto, la enmienda prevé que la cobertura de las necesidades de vivienda de los ciudadanos sea declarado "interés social", previendo así la posibilidad de expropiación forzosa del uso de la vivienda por un plazo máximo de tres años, cuando la propiedad sea de una entidad financiera, filial inmobiliaria o entidad de gestión de activos. Transcurrido ese tiempo, la propiedad recuperará el uso de la vivienda.

CONDICIONES ECONOMICAS Y FAMILIARES

Los beneficiarios de esta posibilidad deberán ser deudores de buena fe cuyas circunstancias económicas hayan variado sustancialmente en los últimos años --que la carga hipotecaria sobre los ingresos familiares se haya multiplicado por 1,5--, que destinen al menos un tercio de sus ingresos a pagar la vivienda, siempre que no superen en tres veces al IPREM.

Además, debe tratarse de la vivienda habitual y la única en propiedad de la unidad familiar, y ha de constatarse que el lanzamiento "puede generar una situación de emergencia o exclusión social" mediante informe de los servicios sociales del municipio.

De hecho, aunque los expedientes se resolverán en orden de registro, se dará prioridad a los casos en que el lanzamiento sea inminente o aquellos de "especial vulnerabilidad", como son las familias con menores de edad, mayores dependientes, discapacitados, víctimas de violencia de género o parados sin prestaciones, así como quienes tengan una vivienda con protección pública.

Los beneficiarios deberán, no obstante, contribuir al pago del justiprecio en cuantía no superior al 25% de sus ingresos ni a la cuantía del justiprecio. La medida se aplicará a las ejecuciones judiciales o extrajudiciales de ejecución hipotecaria que se hubieran iniciado antes de la entrada en vigor de la ley siempre que no haya habido aún desahucio, o en aquellos en que la vivienda siga estando vacía.

ENTRA EN VIGOR EL DECRETO ANDALUZ

El decreto ley de función social de la vivienda aprobado por la Junta de Andalucía el pasado martes ha entrado en vigor este viernes tras ser publicado este jueves en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), donde se establece la expropiación temporal por un plazo de tres años del uso de las viviendas "en inminencia" de desahucio "en caso de riesgo de exclusión social o amenaza para la salud física o psíquica de las personas".

En dicho decreto ley se establece además que en el plan de un mes se deberá aprobar una orden para poner en marcha un plan extraordinario de inspección, con la finalidad de "mitigar de firma urgente los efectos perjudiciales de la no habitación de viviendas".

Dicho plan de inspección contendrá los criterios sectoriales, territoriales, cuantitativos o de otro tipo, así como el orden de prioridades que vayan a servir para selección los ámbitos, objetivos inmuebles y viviendas. El plan tendrá una vigencia máxima de dos años.

El decreto estipula asimismo un orden preferente de tramitación para la expropiación temporal. De esta forma, considera que existe un supuesto de especial vulnerabilidad cuando el lanzamiento "afecta a familias con menores de edad, mayores dependientes, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o desempleados sin derecho a prestación".

Estos colectivos tendrán un orden preferente de tramitación, al igual que ocurre con las personas cuya vivienda esté sometida a algún régimen de protección pública.

En cuanto al régimen disciplinario, el Decreto-Ley incluye un sistema de sanciones leves, graves y muy graves para las personas jurídicas, bancos, inmobiliarias o entidades de gestión patrimonial que mantengan ocioso y no destinen al arrendamiento su 'stock' residencial. Se considerará infracción muy grave no dar uso de habitación a un inmueble o arrendar, transmitir o ceder su uso con destino a vivienda sin cumplir las condiciones de seguridad establecidas por ley. Para estos casos, la penalización puede alcanzar hasta los 9.000 euros.

EL GOBIERNO COMPARA LOS DECRETOS

El Gobierno de Mariano Rajoy ha minimizado este viernes la efectividad del decreto de la función social de la vivienda aprobado por la Junta de Andalucía para frenar los desahucios y ha asegurado que el secretario general del PSOE, Alfredo Pérez Rubalcaba, "tendrá que explicar" qué "añadidos" supone al decreto ley aprobado por el Ejecutivo.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría ha recordado que en ese proceso de expropiación hay que pagar un justiprecio que corre a cargo del que se queda en la vivienda "con el límite del 25 por ciento de sus ingresos".

Además, la vicepresidenta ha señalado que el decreto andaluz exige que los ingresos de la unidad familiar no superen tres veces el Iprem, el mismo límite de renta que establece el decreto estatal pero, éste último permite que pueda ser de cuatro o cinco veces para casos de "especial vulnerabilidad".

Finalmente, ha dicho que le "consta" que la Administración regional andaluza tiene "viviendas de protección oficial vacías" y ha mantenido que la ocupación de las mismas "sería un mecanismo mucho más ágil y rápido que una expropiación forzosa".

La Abogacía del Estado está estudiando la constitucionalidad del texto andaluz, según las fuentes consultadas. La propia vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha reconocido que hay "dudas" sobre su constitucionalidad porque afecta al derecho de la propiedad privada.

RUBALCABA: EL DECRETO LEY ANDALUZ ES "SENSATO" Y EL PP DEBERÍA APRENDER

El líder del PSOE, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha subrayado hoy que el decreto-ley de la Junta de Andalucía para hacer frente al problema de los desahucios es "sensato" y "da muestra de una sensibilidad ante el sufrimiento de los ciudadanos de la que el PP debería aprender".

Rubalcaba ha colgado en su cuenta de Facebook un comentario sobre la norma andaluza, que considera una "respuesta excepcional a una emergencia" porque ayuda a familias que "pueden quedarse, literalmente, sin un techo".

El secretario general del PSOE considera que esta decisión es "perfectamente congruente" con una "certeza" que comparte "la mayor parte de la sociedad", y es que "mientras no se elabore una nueva Ley Hipotecaria hay que tomar medidas para proteger a las personas que corren el riesgo de verse en la calle".