El Gobierno reconoce que la Transición no habría sido posible sin el Rey

  • El Gobierno sostiene que la experiencia del Príncipe le permitirá fortalecer la monarquía
  • El Gobierno aprueba una ley de artículo único para aprobar la abdicación de Juan Carlos I

El Gobierno ha aprobado una declaración institucional por la abdicación del Rey en la que dice que sin su "impulso y liderazgo" la Transición "no habría sido posible" y en la cual expresa su "seguridad" de que la vocación de servicio a España del futuro rey Felipe VI le permitirá fortalecer la Monarquía.

"Desde su proclamación como Rey, Don Juan Carlos quiso serlo, y lo ha sido, de todos los españoles", reza la declaración del Ejecutivo, aprobada hoy por un Consejo de Ministros extraordinario.

El texto reconoce que la labor del Monarca "no ha sido siempre fácil", y recuerda que "en los momentos en que el nuevo marco de convivencia se vio en peligro", su intervención "al servicio de los españoles y de su democracia" fue "decisiva".

Y ello, subraya, "asegurando los cimientos de libertad y concordia sobre los que se erigió el nuevo Estado social y democrático de Derecho".

Porque su esfuerzo y "el de todos los que contribuyeron al advenimiento de la democracia", explica el Ejecutivo, había culminado en la Constitución aprobada por referéndum el 6 de diciembre de 1978 y sancionada por el Rey y en las Cortes Generales.

"Si España es hoy un Estado de Derecho, moderno y democrático, que ha logrado alcanzar altas cotas de bienestar social y protagonismo en Europa y en todo el escenario internacional, se debe, en gran medida, al reinado de Don Juan Carlos I", proclama el Ejecutivo.

También hace hincapié en que la Carta Magna designó al Monarca "como el símbolo de la unidad y permanencia de España, árbitro y moderador de los poderes del Estado y el máximo representante de la nación española", y que en sus 39 años de reinado ha desempeñado sus "altas funciones constitucionales" de manera "decidida y entregada".

Y ello no sólo en España, sino también en el ámbito internacional, agrega, "contribuyendo de forma decisiva a que España sea un actor importante y respetado en el concierto de las naciones".

En suma, el Gobierno expresa públicamente en esta declaración su "lealtad, afecto y gratitud" a los reyes Juan Carlos y Sofía "por su entrega y dedicación a España y a los españoles" durante los 39 años de reinado.

Tras remarcar que la Constitución "asegura la normalidad en la sucesión de la Jefatura del Estado", el Consejo de Ministros dedica los últimos párrafos de su escrito al hoy Príncipe de Asturias, Felipe de Borbón y Grecia, que sucederá a su padre cuando se consume la abdicación.

"El Gobierno quiere expresar su seguridad de que su formación, carácter, experiencia y vocación de servicio a España le permitirán desempeñar adecuadamente sus funciones al servicio de nuestra Patria -afirma- y fortalecer la Monarquía parlamentaria".

LEY ORGÁNICA

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión extraordinaria de esta mañana un proyecto de ley orgánica para regular la abdicación del Rey Juan Carlos I que cuenta con un artículo único y una disposición final única para hacer efectiva la renuncia a la Corona de España. La norma entrará en vigor en el mismo momento en que se publique en el BOE, han informado a Europa Press en fuentes del Ejecutivo.

En concreto, el proyecto aprobado incluye un artículo único que dice textualmente: "S. M. el Rey Juan Carlos I de Borbón abdica la Corona de España. La abdicación será efectiva en el momento de entrada en vigor de la presente ley orgánica". La disposición final única indica que la entrada en vigor tendrá lugar en el momento de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado.

En la exposición de motivos de la ley, se reproduce íntegramente el discurso del Rey en el que explica los motivos por los que ha decidido abdicar y recuerda que es el artículo 57.5 de la Constitución Española el que dispone que "las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica".

Este precepto, explica la exposición de motivos, sigue los precedentes históricos del constitucionalismo español, que en los textos fundamentales de 1845, 1869 y 1876 y, con variaciones, en otros precedentes, ya reservaban al poder legislativo la solución de las cuestiones a que diera lugar la sucesión así como la autorización de la abdicación, incluso mediante una ley especial para cada caso. "Si bien la Constitución en vigor no utiliza este último término, los citados antecedentes y el mandato del artículo 57 de que el acto regio sea resuelto por una ley orgánica hacen que sea éste el instrumento legal idóneo para regular la efectividad de la decisión", añade.