El Gobierno fija un nuevo marco legal del comercio a distancia

  • Los teléfonos '902' no deberán tener un coste superior a la tarifa básica
  • El Consejo de Ministros da luz verde a la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental

El Gobierno ha aprobado hoy el anteproyecto de Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios que mejorará su protección en todas las transacciones a distancia y que, entre sus novedades, determina que el usuario siempre tendrá acceso al precio final antes de que concluya la compra.

De esta forma, se evitan las denominadas "cargas encubiertas", ha señalado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

El empresario tendrá que velar "especialmente" por que en las compras por internet el consumidor "es consciente de todo lo que tiene que pagar antes de darle a la tecla que pone fin a la transacción", ha explicado.

CONSENTIMIENTO EXPRESO

Si el vendedor no obtiene el consentimiento expreso del consumidor para un pago adicional al acordado y, en su lugar, lo deduce utilizando opciones por defecto, el usuario tendrá derecho al reembolso.

Saenz de Santamaría ha precisado que se tendrá siempre que marcar en positivo los servicios adicionales.

La vicepresidenta ha explicado que se refuerza el derecho de desistimiento, mediante la introducción de nuevas garantías en cuanto a la posibilidad de renunciar o desistir del contrato.

Así, se amplía el plazo en el que se puede ejercer: de los 7 días hábiles actuales a 14 días naturales. En el caso de que no se hubiera informado al consumidor de que puede ejercer este derecho, el plazo queda automáticamente ampliado a 12 meses.

La nueva norma, además, incorpora un formulario de desistimiento común en Europa, que facilita el ejercicio de este derecho y que se tendrá que facilitar junto con la información previa al contrato.

Se amplía la información pre-contractual que, por ley, habrá que facilitar a los consumidores, en general y, en particular, cuando formalicen contratos a distancia. Tendrá que ser clara y comprensible y, al menos, en castellano.

LOS TELEFONOS 902 NO TENDRÁN UN COSTE SUPERIOR A LA TARIFA BÁSICA

En cuanto a los cargos adicionales que pueden derivarse de los contratos formalizados a distancia, el texto establece nuevas reglas.

Por ejemplo, en el caso de que el empresario decida habilitar una línea telefónica para comunicarse con sus clientes en relación al contrato, el uso de esta línea no podrá suponer un coste superior al de la tarifa básica. "Así se acaba con las líneas telefónicas de alto coste", ha asegurado Saenz de Santamaría.

Por otra parte, el anteproyecto aborda la contratación telefónica de bienes y servicios y propone un sistema que proteja a los consumidores y usuarios, y que al mismo tiempo no supone cargas excesivas para los empresarios.

Se trata de un modelo consensuado entre el Ministerio de Sanidad, a través del Instituto Nacional de Consumo, y el Ministerio de Industria.

En los casos en los que la empresa sea la que se ponga en contacto telefónico con un usuario para formalizar el contrato, deberá confirmar la oferta por escrito o, salvo oposición expresa del consumidor, en un soporte duradero.

La oferta no será vinculante hasta que el consumidor la haya firmado o enviado su acuerdo por escrito ya sea en papel, por fax, correo electrónico o por un mensaje de SMS.

Así se pone fin a la fórmula de "si está de acuerdo pulse la tecla 1, si no está de acuerdo, pulse la 2".

Se asegura que el comprador es plenamente consciente de lo que está aceptando al garantizarse que recibe la información precontractual obligatoria, algo que no es posible si el proceso completo se lleva a cabo en una única conversación telefónica.

NO SE PODRÁN FACTURAR CARGOS QUE SUPEREN EL COSTE

Además, los empresarios no podrán facturar al consumidor cargos por el uso de determinados medios de pago que superen el coste al que tienen que hacer frente ellos.

La nueva ley dota a los consumidores de nuevos derechos, referidos a la forma y los plazos de entrega y el riesgo de pérdida o deterioro del bien adquirido, entre otros.

En caso de insatisfacción, el empresario recogerá a su cargo los bienes cuando por la naturaleza de los mismos no puedan devolverse por correo.

El anteproyecto de Ley modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y adapta a la legislación española la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

ANTEPROYECTO DE LEY DE AVALUACION AMBIENTAL

Además, el Consejo de Ministros presentó este viernes el anteproyecto de Ley de Evaluación Ambiental, que pretende simplificar la tramitación y exigir mayor calidad en los estudios y documentos de los planes y proyectos sobre los que tienen que pronunciarse los órganos ambientales.

Según explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo el ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, con este anteproyecto, el Gobierno quiere subsanar las deficiencias del actual modelo y prevé, de acuerdo con las directivas comunitarias, que se sometan a evaluación ambiental los planes, programas o proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

En este sentido, establece que la evaluación sea especialmente garantista en el caso de los proyectos para los que se prevean impactos significativos, pero más ágil y menos costosa para las iniciativas con una menor incidencia ambiental.

Entre otras medidas, la norma especifica que la falta de pronunciamiento del órgano ambiental en los plazos legalmente establecidos en ningún caso podrá entenderse como una evaluación ambiental favorable. Exige, asimismo, una mayor calidad en los estudios y documentos sobre los que deben pronunciarse los órganos ambientales.

Desde el punto de vista de los procedimientos, el anteproyecto ajusta los tiempos de tramitación, especialmente en la evaluación de impacto ambiental, y establece un plazo de entre cuatro y seis meses de duración, lo que evitará dilaciones de difícil justificación en el plano ambiental. Arias Cañete indicó que la media actual de resolución de los proyectos sujetos al procedimiento completo de evaluación de impacto ambiental se sitúa en 3,4 años. Añadió que la norma pretende, por tanto, solucionar los problemas detectados en el ámbito de la evaluación ambiental, ya que en la actualidad existen alrededor de 10.000 expedientes pendientes de resolver en el conjunto de las administraciones.

El ministro aseguró que la futura ley, al tiempo que garantiza un alto nivel de protección medioambiental, tendrá efectos positivos sobre el crecimiento y el empleo, ya que las tramitaciones ajustadas a los nuevos plazos incentivarán la inversión y, al simplificar los procedimientos administrativos, también promoverá, dijo, la generación de puestos de trabajo.

En concreto, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente calcula que tendrá un impacto sobre la actividad económica de 1.000 millones de euros y que generará unos 80.000 empleos.

En consonancia con el anteproyecto de ley presentado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en el Consejo de Ministros el pasado 1 de marzo (actualmente en tramitación parlamentaria), la nueva ley someterá a evaluación todos los proyectos que requieran la utilización de técnicas de fracturación hidráulica o fracking para la extracción de hidrocarburos.

Otra de las novedades introducidas en la norma es que integra el estudio de los efectos de los proyectos sobre el cambio climático y que crea los bancos de conservación de la naturaleza, un nuevo instrumento de mercado para compensar, reparar o restaurar las posibles pérdidas netas de los valores naturales.