El Gobierno aprueba el nuevo sistema de cotización a tiempo parcial

  • Báñez: el Gobierno no está satisfecho con los datos de paro y sigue trabajando en las reformas
  • La reforma laboral ha evitado la destrucción de 225.000 empleos, según Empleo

El Gobierno ha aprobado el real decreto que regula el nuevo sistema de cómputo de las cotizaciones de los trabajadores a tiempo parcial a efectos del acceso a una pensión contributiva, tras el acuerdo alcanzado este miércoles con los agentes sociales y en el seno del Pacto de Toledo. El real decreto, en virtud de este acuerdo alcanzado, contempla que los trabajadores a tiempo parcial podrán acceder a pensiones contributivas sin tener que acreditar para ello un mínimo de 15 años cotizados, si bien cobrarán pensiones proporcionalmente inferiores.

No obstante, la nueva normativa garantiza a estos trabajadores la misma pensión mínima que al resto de los trabajadores e introduce un coeficiente del 1,5 a multiplicar por los años cotizados para mejorar la cuantía final de la pensión.

Al término de la reunión del Consejo de Ministros, Fátima Báñez, destacó que esta nueva regulación pretende corregir la vulneración del principio de proporcionalidad de las pensiones y el principio de igualdad que consagra la Constitución, dado que más del 70% de los trabajadores a tiempo parcial son mujeres.

SE GARANTIZA LA PENSION MINIMA

Respecto a la cuantía de la pensión, el periodo de cotización a tiempo parcial calculado se incrementará con el coeficiente del 1,5. El porcentaje aplicable sobre la base reguladora se determinará mediante la escala general prevista en la Ley General de la Seguridad Social, del tal forma que a los 15 años de cotización se aplicará un 50% y a partir de ahí todo el tiempo que lo supere se incrementará ese porcentaje en función de la escala general de la jubilación ordinaria.

No obstante, como habrá trabajadores como habrá trabajadores que accederán a la jubilación con un periodo de cotización inferior a 15 años, el porcentaje aplicable en estos casos será proporcional y equivalente al porcentaje que represente el periodo cotizado sobre quince años.

La norma garantiza también la pensión mínima prevista en los Presupuestos Generales (631,30 euros en el caso de la jubilación a los 65). Así, si la pensión causada por el trabajador resulta inferior al importe de la pensión mínima vigente en cada momento y reúne el resto de requisitos --carencia de otros ingresos o rentas-- tendrá derecho a un complemento hasta alcanzar la cuantía mínima. El importe del complemento no podrá superar la cuantía de la pensión no contributiva.

LA REFORMA LABORAL HA EVITADO LA DESTRUCCIÓN DE 225.800 EMPLEOS

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha asegurado que el Gobierno no está satisfecho con los datos de paro a pesar del descenso de julio, y sigue trabajando "intensamente" en la agenda de reformas porque aún hay muchos españoles que no han tenido la oportunidad de encontrar un empleo. "Trabajamos con la sociedad española para dársela cuanto antes", ha dicho Báñez en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde ha recordado que el descenso del paro en julio es el quinto consecutivo, algo que no sucedía desde el año 2007.

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha afirmado que la reforma laboral ha contribuido a evitar la destrucción de 225.000 empleos en su primer año de aplicación. Báñez ha dado este dato en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que ha analizado el informe sobre la norma comprometido con Bruselas.

Según la ministra, la reforma también ha permitido que el incremento de la tasa de paro se haya moderado desde febrero de 2012, cuando entró en vigor. Así, la tasa de crecimiento interanual del paro, que alcanzó casi el 18 % en el segundo trimestre de 2012 se sitúa ahora en el 5 % en el segundo trimestre de 2013.

Otros efectos positivos que ha destacado es que ha servido para reducir la dualidad entre fijos y temporales y para mejorar la flexibilidad interna en las empresas, a las que ha permitido adaptarse mejor al contexto económico y ganar competitividad.

Sobre la dualidad del mercado laboral ha indicado que la temporalidad ha pasado de una tasa del 25 % del último trimestre de 2012 al 23,1 % del segundo trimestre de este año.

En materia de flexibilidad interna ha dicho que el 27% de las empresas de más de 50 trabajadores han modificado salarios y han reducido jornadas (han subido el 50 %) como alternativa al despido

También ha dinamizado la negociación colectiva, según Báñez, quien ha resaltado que en el primer semestre del año se ha casi duplicado el número de convenios firmados, que han sido 641 para más de 1,3 millones de trabajadores.

Otro efecto es que las inaplicaciones de lo pactado en convenio han ascendido a 2.149, de las que el 96 % han sido acordadas, para más de 118.000 trabajadores.

La caída de la contratación indefinida se ha frenado y la nueva figura contractual creada en la reforma, el contrato indefinido de apoyo a empresas de menos de 50 trabajadores, está funcionando "bien", ha asegurado Báñez, que ha cifrado en 120.000 las personas que han accedido al mercado de trabajo a través de ella, de los que el 40 % son jóvenes.

La ministra ha añadido que este tipo de contratación ha resultado ser estable, porque el 60% de esos contratos indefinidos se mantienen pasado el año.

Fátima Báñez también se ha referido a la Estrategia de emprendimiento y empleo joven, de la que ha resaltado que está dando "muy buenos" resultados, porque hay 70.000 jóvenes emprendedores.

CLARIFICACIÓN EN LOS DESPIDOS COLECTIVOS

El Ministerio de Empleo ha aprovechado el Real Decreto Ley relativo a la cotización de los trabajadores a tiempo parcial para clarificar la información que debe facilitar el empresario a la hora de presentar un despido colectivo, después de que muchos de los expedientes que han sido denegados por los juzgados, después de que la reforma laboral suprimiera la autorización administrativa para poder tramitarlos.

Por otro lado, se modifica también algún aspecto del régimen procesal del despido colectivo para otorgar un mayor espacio a la demanda colectiva presentada por los representantes de los trabajadores. En la práctica, supone priorizar las demandas colectivas sobre las individuales, de forma que el procedimiento individual queda relegado a los supuestos excepcionales no resueltos en el proceso colectivo.

LOS PARADOS PUEDEN VIAJAR AL EXTRANJERO

En la misma línea, el Gobierno ha reformulado con rango de Ley los requisitos ya existentes para los perceptores de prestaciones y subsidios por desempleo que salen al extranjero dando mayor certidumbre y seguridad jurídica a los beneficiarios. Así, los demandantes de empleo verán suspendida su prestación por desempleo durante un periodo de 90 días si viajan al extranjero para buscar empleo o formación, y podrán ausentarse por asuntos propios durante 15 días sin perderla.