Aprueban 106 indemnizaciones a mujeres vejadas en la Guerra Civil

La Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía ha aprobado definitivamente 106 de las 241 solicitudes recibidas a raíz del decreto aprobado el pasado mes de octubre por la Junta para indemnizar con 1.800 euros a las mujeres andaluzas que padecieron formas de represión sobre el honor, la intimidad y la propia imagen durante la Guerra Civil y los primeros años de la dictadura franquista.

Según los datos facilitados a Europa Press por el departamento que dirige Luis Pizarro, esta convocatoria se cerró definitivamente con 241 solicitudes presentadas, de las que 106 han sido aprobadas por la comisión de valoración constituida al efecto, mientras que las otras 135 han sido denegadas por diferentes motivos.

Por provincias, Córdoba es con diferencia la que ha cuenta con más solicitudes aprobadas, con 37, seguida a distancia por Sevilla, con 19, y Málaga, con 17. Por debajo de la decena se sitúan Huelva, con ocho; Cádiz y Jaén, con siete; y Almería y Granada, con seis.

Por su parte, 27 de las 135 solicitudes denegadas no han sido aceptadas por la comisión de evaluación porque se referían a personas que no están censadas en la comunidad, mientras que las 108 restantes no cumplían otros requisitos establecidos en el decreto referidos a padres y familiares directos.

Las 241 solicitudes recibidas durante los tres meses de plazo fijados por la Junta han sido evaluadas por la comisión de estudio y valoración, integrada por el comisario para la Recuperación de la Memoria Histórica, Juan Gallo, un miembro de su equipo y tres técnicos de la Administración autonómica.

RAPADO Y ACEITE DE RICINO

El decreto que regula estas ayudas establece una única convocatoria para aquellas mujeres que no sufrieron privación de libertad entre los años 1936 y 1950, pero sí acciones vejatorias dirigidas especialmente contra la población femenina, como el rapado, la ingesta de aceite de ricino y la exposición al escarnio público.

Ante la inexistencia de documentos que acrediten lo ocurrido en la mayoría de estos casos, las mujeres represaliadas pueden presentar cualquier prueba admitida en Derecho, incluidos testimonios de terceros y declaraciones juradas, en sus solicitudes, que podían formalizarse a través de los registros públicos de la Consejería de Gobernación y Justicia y de las delegaciones del Gobierno de la Junta, así como de forma telemática en el portal 'www.juntadeandalucia.es'.

La cuantía de 1.800 euros, que se percibirá en pago único, es similar a la establecida para las personas que sufrieron penas de prisión de entre tres meses y tres años. Las indemnizaciones autonómicas a las víctimas de la represión en la dictadura franquista datan de 2001, año en que se aprobó el primer decreto regulador.

ANTECEDENTES

Este texto fue modificado en 2003 para ampliar las ayudas a todas las personas que estuvieron en centros penitenciarios y campos de concentración por periodos de más de tres meses (inicialmente, sólo incluía los casos de más de tres años que quedaban fuera de las estatales fijadas en 1990).

En 2006, el Gobierno andaluz aprobó una nueva modificación para establecer una indemnización en pago único de 1.800 euros y extender su cobertura a quienes no pudieron acogerse a las convocatorias de 2001 y 2003 por las dificultades para acreditar la documentación exigida en los plazos previstos.

Desde la aprobación del primer decreto en 2001, la Administración autonómica ha indemnizado a 2.480 personas represaliadas con un importe global de 9,5 millones de euros. De ellas, tan sólo 85 son mujeres.