Absuelto el cantante de Def con Dos de enaltecer el terrorismo

Juzgan al lider Def con Dos
Juzgan al lider Def con Dos |Telemadrid

La Audiencia Nacional ha absuelto al cantante del grupo de rap-metal Def con Dos, César Augusto Montaña Lehman, "César Strawberry", de enaltecer el terrorismo y de humillar a víctimas de ETA y de los Grapo en tuits publicados entre 2013 y 2014 al considerar que forman parte de su faceta artística y no del discurso del odio.

La sección primera de la Sala de lo Penal en su sentencia, que cuenta con el voto particular discrepante del magistrado Nicolás Poveda, considera probado que el cantante, para el que el fiscal pedía 20 meses de cárcel, lo que hace en sus tuits es utilizar un marcado tono provocador, irónico y sarcástico como el de las letras de sus canciones. Todo ello "con un tono critico con la realidad social y política, tratando de que el público comprenda el sentido metafórico y ficticio que envuelven sus obras, respecto al concepto de fondo siempre de carácter pacifico y exclusivamente cultural".

Después de analizar todos los tuits cuestionados, el tribunal concluye que los hechos no encajan en el delito de enaltecimiento del terrorismo, mientras que Nicolás Poveda, en su voto discrepante, considera que el acusado debía haber sido condenado porque sus tuits, sobre todo uno sobre José Antonio Ortega Lara, pueden enmarcarse en el discurso del odio.

Para Poveda, "no es válido" decir lo que se piense o se quiera y "disfrazarlo bajo una supuesta ironía o sarcasmo del que genera la expresión", para después "hacerse ajeno totalmente al efecto que tenga en el destinatario, ya que no se conoce si este es del mismo grado de ironía o sarcasmo".

El fiscal basó su acusación en seis tuits, uno de ellos publicado el 11 de noviembre de 2013 en el que afirmaba que "el fascismo sin complejos de Esperanza Aguirre me hace añorar hasta los GRAPO".

Respecto a ese comentario, la sentencia sostiene que no puede entenderse que con ese comentario se haga apología del terrorismo y se provoque el discurso del odio, "sino una crítica hacia el extremismo de cualquier signo, llevando su ironía a comparar un partido político con un grupo terrorista".

Por contra, el magistrado discrepante interpreta que "añorar, como dice el tuit a dicho grupo terrorista, cuando se está refiriendo con nombre y apellidos a una persona, sólo tiene una interpretación, que es la de mostrar su 'odio'".

Entre otros comentarios publicó: "Cuántos deberían seguir el vuelo de Carrero Blanco", "Street fighter, edición post-ETA: Ortega Lara versus Eduardo Madina" o "¿Se puede llevar una camiseta con un estampado de Miguel Ángel Blanco? Lo pregunto desde el respeto y el verano".

Sobre el primero de los comentarios, la sentencia establece que la idea "del enfrentamiento en un vídeojuego de dos personas que han sido víctimas de acciones terroristas y que mantienen distintas posiciones políticas, puede considerarse desde la perspectiva del humor negro".

En otros de sus tuits, del 5 de enero de 2014, indicaba que le regalaría "un roscón bomba" al Rey Juan Carlos por su cumpleaños, lo que para el tribunal se trata de "una comparación humorística, en lugar de un llamamiento a la violencia o la justificación de acciones terroristas".

El fiscal Carlos Bautista, que en el juicio expuso que la faceta artística rompedora y transgresora no puede extenderse a todas las facetas de la vida del acusado para justificar todos sus actos, sacó a colación una reciente sentencia del Supremo que condenaba a una joven por enaltecer el terrorismo y humillar a las víctimas en Twitter. "No se penaliza el chiste fácil o de mal gusto, sino que una de las facetas de la humillación consiste en la burla, que no está recreada en este caso con chistes macabros con un sujeto pasivo indeterminado, sino un bien concreto y referido a unas personas a quien se identifica con su nombre y apellidos", concluía dicha resolución.

A este respecto, la Audiencia Nacional señala que "no nos encontramos ante hechos análogos", ya que el discurso de esta joven en las redes sociales "rezuma un odio y un desprecio que no se percibe" en el caso de Strawberry.

En declaraciones a los periodistas a las puertas de la Audiencia Nacional tras recoger la sentencia, el cantante ha dedicado su absolución a las personas que están "por la causa de la libertad de expresión" y "a todo el que se ha sentido identificado con una persecución inquisitorial injusta" como la suya, que ha achacado a "motivos políticos".

Ha esperado que la sentencia "siente un precedente para otras causa contra la libertad de expresión" y que este derecho fundamental "deje de estar perseguido" en España. "Creo que con esta sentencia nuestra democracia sale muy fortalecida", ha dicho.