La juez dicta el sobreseimiento provisional del caso de espionaje en la Comunidad

  • Al no existir indicios de delito
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La juez Carmen Valcarce, titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Madrid, ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa que investiga el supuesto espionaje a altos cargos en la Comunidad de Madrid, estimando así la petición del Ministerio Fiscal, y después de entender que no hay indicios de delito.

Así consta en un resolución judicial, fechada a 23 de febrero, y contra la que cabe recurso de apelación en un plazo de cinco días. Además de estimar la solicitud de sobreseimiento formulada por el Ministerio Fiscal, también estima parcialmente el recurso interpuesto por dos de los funcionarios imputados (José Manuel Pinto y José Oreja Sánchez) contra un auto de octubre.

La misma juez decidió el pasado mes de octubre abrir juicio oral en el caso del supuesto espionaje en la Comunidad de Madrid por un delito de malversación contra los presuntos responsables de los seguimientos realizados al exvicealcalde de Madrid Manuel Cobo y al exconsejero de Justicia Alfredo Prada en mayo de 2008.

En esta ocasión, la juez explica que tiene "muy en cuenta" las dos resoluciones dictadas por la Audiencia Provincial en las que se revocaba el sobreseimiento de la causa al entender que la instrucción no estaba terminada y eran necesarias más pruebas para la determinación de los hechos y los autores.

En este caso, destaca que las pruebas ordenadas se han llevado a cabo "con resultado poco satisfactorio" y que, por ejemplo, en la última practicada, la testigo, pudiéndose acoger a su derecho a no declarar contra el que fue su marido, así lo hizo, "y no aportó nada a la causa".

También señala que de la documentación aportada respecto a gastos de gasolina y teléfono de los imputados -hay cinco funcionarios imputados y tres guardias civiles - "poco o nada se puede obtener, al ser gastos conjuntos. En el caso de los coches, añade, la "individualización" es "imposible".

En este punto, señala que la única prueba "consistente" respecto a los seguimientos son las hojas mecanografiados en su totalidad a excepción de breves notas, fundamentalmente, números de coches escritas a mano en éstas, y que de las pruebas periciales llevadas a cabo por la Policía Nacional y la Guardia Civil se deduce que las palabras escritas a mano pertenecen al exfuncionario de la antigua Consejería de Interior e imputado José Manuel Pinto.

De este modo, rechaza que pertenezca al exdirector general de Seguridad de la Comunidad de Madrid Miguel Castaño, al que Pinto "de forma sorpresiva y después de tres años de haber prestado declaración imputa con su única palabra como prueba". En este punto, destaca que las pruebas "no han tenido resultado eficaz".

En cuanto a los seguimientos de los teléfonos móviles, destaca la "dificultad para ubicar a alguno de los imputados en las zonas donde, según las notas, se encontraban haciendo los seguimientos, generando una duda muy razonable sobre la fiabilidad de los posicionamientos".

Sobre si ha existido delito de malversación, la juez apunta que para que exista tal "debe haber un beneficio" que no tiene por qué ser económico, y que, en este caso, de toda la documentación que consta en la causa, le es "imposible determinar, con un mínimo de base, una cantidad concreta que haya sido desviada de su función pública".

Para la instructora, "cualquier tipo de beneficio propio o de un tercero carecería de base probatoria, al no existir en la instrucción dato que la sostenga". Lo mismo ocurre, añade, a la hora de fijar cualquier cantidad presuntamente malversada.

En conclusión, considera que no se han concretado, a pesar de la prueba practicada, los indicios iniciales que la Audiencia Provincial de Madrid puso de manifiesto, principalmente respecto al ánimo de lucro y la determinación del montante económico malversado; y que no existen indicios de delito suficientes, "como claramente pone de manifiesto el Ministerio Fiscal.

MALVERSACION DE FONDOS

Este procedimiento, que ya se ha archivado en otras dos ocasiones, arrancó en mayo de 2009, cuando la juez incoó unas diligencias previas por un presunto delito de malversación de fondos públicos en relación con la denuncia presentada por el exvicealcalde de Madrid Manuel Cobo el 29 de febrero de 2009.

La entonces 'mano derecha' de Alberto Ruiz-Gallardón denunció haber sido víctima de vigilancias entre abril y mayo de 2008. En las diligencias se sumó la denuncia presentada por el ex consejero Alfredo Prada ante la Fiscalía de Madrid.

Los seguimientos en los que aparecen las notas manuscritas sobre matrículas corresponden a las contravigilancias realizadas sobre Prada en mayo de 2008 en Chinchón, donde tuvo una reunión con su equipo, y el 23 de mayo a Brea del Tajo.