La Comunidad adapta la jornada de 37,5 horas para 54.000 empleados públicos

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La Comunidad ha dictado las instrucciones para aplicar la jornada de 37,5 horas semanales, que estará vigente desde mañana 1 de marzo hasta el 31 de diciembre próximo para unos 54.000 empleados públicos, las cuales "podrán modificarse si se llega a algún acuerdo con los órganos de representación sindical".En cumplimiento de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas, el incremento de la jornada de 35 a 37,5 horas ha sido negociado en las Juntas de personal, Mesas sectoriales y en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos, aunque sólo ha habido acuerdo en la Mesa de Sanidad para el personal médico y de enfermería.

En total, la Administración regional y los sindicatos se han reunido en 37 ocasiones en comités y en otras siete en la Mesa General para ajustar la jornada a las peculiaridades de cada sector, y la Comunidad "no renuncia a seguir negociando", según señala en un comunicado. Las instrucciones estarán vigentes hasta fin de año y se publican hoy en el BOCM, "sin perjuicio de que en un futuro puedan ser objeto de adaptación en su contenido, en el supuesto de que se llegara a un acuerdo", tanto en la Mesa General como en las sectoriales.

Las nuevas disposiciones buscan "combinar el cumplimiento de la Ley con criterios uniformes y la necesaria flexibilidad a las distintas realidades de la Administración autonómica", y prevén la incorporación de sistemas de flexibilidad horaria que permitan la conciliación de la vida familiar y laboral. Las instrucciones dictadas por la Dirección General de Función Pública recogen las horas que deberán cumplirse en todos los tipos de jornadas existentes entre los funcionarios y el personal laboral al servicio de la Comunidad, quedando excluidos el personal sanitario y los docentes no universitarios.

Para quienes tengan jornadas ordinarias se establecen dos alternativas según las necesidades de los centros de trabajo, que consisten en realizar 1.650 horas anuales en 220 jornadas laborales o bien 1.645 horas al año a desarrollar en 235 jornadas. La jornada nocturna tendrá una duración de 1.470 horas anuales a realizar en 147 jornadas de trabajo al año.

Para las jornadas especiales habrá dos modalidades: las de 24 horas sufrirán un incremento anual de cuatro jornadas y, en el caso de las jornadas de 12 horas, el número a realizar aumentará en ocho jornadas al año. Este incremento se podrá

Todos los sistemas de control horario deberán adaptarse a las nuevas jornadas y, en las unidades donde aún no exista método de seguimiento de horarios, se instalará progresivamente.

Además, se excluye cualquier tipo de modulación de la jornada laboral para periodos veraniegos o festividades que suponga un menoscabo en el promedio semanal de 37,5 horas, según el comunicado de la Consejería de Presidencia y Justicia.