Interceptado un conductor con una discapacidad circulando a 297 kilómetros hora

  • Carecía de carnet
  • Ha sido condenado al pago de 3.600 euros

Agentes pertenecientes al Subsector Madrid Sur de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han detenido a una persona discapacitada tras observar que circulaba a 297 kilómetros hora en un vehículo que carecía de seguro, ha informado la Comandancia de la Guardia Civil en un comunicado.

Los hechos se produjeron ayer en el kilómetro 4 sentido Madrid de la R4 cuando Agentes del Subsector Madrid Sur detectaron un vehículo de alta gama que circulaba a gran velocidad.

Por estos motivos se procedió a darle el alto, observando que el conductor sufría una discapacidad física e iba conduciendo el vehículo automático con una sola pierna. Hasta tal punto que hubo que requerir de una silla de ruedas para que se pudiera desplazar.

Por estos motivos fue detenido alrededor de las 11.30 horas el conductor V.M.A.G, español de 36 años, a quien se le imputan un delito contra la seguridad vial al superar en 80 Km/h., en vía interurbana la velocidad permitida reglamentariamente.

También carecía del permiso de conducción, ya que lo tenía retirado hasta el mes de abril. Además el vehículo carecía de seguro obligatorio en vigor.

Las personas que sufran alguna discapacidad física similar a la del encartado pueden conducir cualquier vehículo adaptado, siempre y cuando no superen los 100 km/hora.

3.600 EUROS DE MULTA

El juez de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Valdemoro, en funciones de guardia, ha condenado al conductor que ayer lunes fue detenido por la Guardia Civil cuando circulaba a casi 300 kilómetros por hora en la autovía de peaje R-4 a 3.600 euros de multa, doce meses de retirada del permiso de conducir y las costas, han informado fuentes judiciales.

Tal y como establece la ley, cuando el infractor ha sido puesto a disposición del Juzgado esta misma mañana, el magistrado ha incoado diligencias urgentes que se han tramitado por el procedimiento de Juicio Rápido.

En el transcurso de dicho juicio el interesado se ha conformado con la petición del representante del Ministerio Público, quien le ha atribuido un delito contra la seguridad vial, del artículo 379.1 del Código Penal y otro delito contra la seguridad vial por conducir sin permiso.