El Supremo confirma la condena de 15 años a "Pitoño" por matar al joven Álvaro Ussía

  • Rechaza el recurso interpuesto contra su condena, que fue ratificada también por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Pitoño, responsable asesinato Alvaro Ussia
Pitoño, responsable asesinato Alvaro Ussia |Pitoño, responsable asesinato Alvaro Ussia

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 15 años de prisión al portero de la discoteca "El Balcón de Rosales" Antonio Sánchez, "Pitoño", por la muerte en 2008 del joven Álvaro Ussía, y ratifica la sentencia de la Audiencia de Madrid, que le condenó por homicidio con abuso de superioridad.

De esta forma, el TS rechaza el recurso interpuesto por Pitoño contra su condena, que fue ratificada también por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que, sin embargo, absolvió a los otros dos porteros de la discoteca, que habían sido condenados a 5 años como cómplices del homicidio, absolución que también confirma el alto tribunal.

El abogado de la familia Ussía, Pedro Colina, ha expresado a Efe su satisfacción al conocer la sentencia del Supremo y ha considerado que la Justicia ha respondido y "el condenado tiene el castigo que se merece".

La sentencia de la sala de lo penal del TS, de la que ha sido ponente el magistrado José Ramón Soriano, ratifica la condena de Antonio Sánchez y la conclusión alcanzada por el jurado, y avalada por la Audiencia de Madrid y el TSJM, de que "Pitoño" causó la muerte de Ussía al romperle el corazón tras lanzarse de rodillas contra su pecho cuando estaba en el suelo.

El Supremo sostiene que la corpulencia física del acusado, la disminución de reflejos y la capacidad de defensa por la ingesta de alcohol y el hecho de que los otros dos porteros se mantuvieran en el lugar de la agresión impidiendo "que los amigos de Álvaro" intervinieran son circunstancias "determinantes" de que existió un abuso de superioridad.

También respalda el criterio del jurado, como hizo la Audiencia, al entender que "Pitoño" actuó "de forma consciente, esto es, pudo apreciar el peligro de su acción y de su potencial letal y ello no le hizo desistir de la misma, asumiendo así el resultado de la muerte de su víctima" tras una agresión "brutal y despiadada".

La sentencia condenatoria consideró probado que sobre las 05.15 horas del 15 de noviembre de 2008 Álvaro Ussía, de 18 años, se encontraba en el interior de la discoteca, en la que Antonio Sánchez actuaba como coordinador de porteros junto a dos amigos.

Como consecuencia de un incidente con dos chicas, Ussía fue expulsado del local y, ya en el exterior, protestó e insultó a unos porteros que se encontraban en la entrada de la discoteca, entre los que estaban los condenados.

Cuando Álvaro estaba en el tramo de escaleras que llevan de la discoteca a la calle Pintor Rosales, "Pitoño", seguido por los otros dos porteros, fue hacia él y le condujo por la fuerza hasta el final de las mismas y luego le derribó con una zancadilla "cayendo éste al suelo de espaldas, donde quedó boca arriba".

Tras ello, "Pitoño" se "tiró de rodillas sobre el pecho de Álvaro, impactándole con todo su peso, sabiendo que esta acción podía causar la muerte" del joven debido a la fuerza del impacto en una zona "tan vital", y se mantuvo encima de él mientras le seguía golpeando hasta dejarle inconsciente "y provocarle una rotura traumática del corazón por aplastamiento".

Aunque la Audiencia de Madrid condenó también a los otros dos porteros acusados, el TSJM entendió después que no podían ser declarados cómplices "de una muerte que no han decidido ni aceptado y cuya producción (...) solo puede imputarse al comportamiento individual de otra persona", por lo que les absolvió.

A este respecto el Supremo, que confirma su absolución, expresa un reproche a su conducta, al afirmar que el hecho de que no tuvieran conciencia de que "Pitoño" pretendiera desarrollar una acción tan brutal "no quita que otros se acercaran a su compañero" para evitar la agresión.