El Tribunal Superior decreta reducir en un 30% los sobrevuelos en Algete

  • Los vecinos denuncian que los niveles de ruido se han "incrementado notablemente" en la zona

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado no ejecutada la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que instaba a Aena al cese del ruido que padecían los vecinos de la urbanización Ciudad de Santo Domingo, en Algete, por los sobrevuelos que tienen destino al aeropuerto de Barajas.

En un auto, la sección novena de la Sala Contencioso Administrativo del TSJM considera acreditado que la situación "fáctica" se mantiene pese al pronunciamiento del Supremo y decreta que la reducción de operaciones debe ser sobre el 30 por ciento del número total de vuelos reconocidos por Aena en 2004 (20.730 aproximaciones).

El fallo expone que la reducción deberá ser iniciada en un plazo no superior a los dos meses desde la notificación del auto a Aena y que se informe a la sala del inicio de las medidas para reducir las operaciones en la pista 18R, que tiene incidencia directa en la zona.

Aparte, recalca que transcurrido seis meses del inicio de las medidas de reducción, Aena y el Ministerio de Fomento deberán informar a la Sala, en el plazo de un mes, sobre la incidencia de la bajada de operatividad en la situación acústica de la urbanización. En ese mismo plazo, los recurrentes podrán presentar sus alegaciones y mediciones al respecto.

El TSJM entiende que la reducción de los vuelos deben ser "sustancial y significativa" pues las medidas desplegadas hasta ahora por Aena no han tenido "eficacia" y que el número de sobrevuelos incide significativamente en el nivel de ruido de la zona y que ello vulnera el derecho fundamental a la intimidad domiciliaria de los vecinos de esta urbanización.

La Sala considera acreditado que la sentencia del Supremo, que declara la vulneración de los derechos fundamentales de los vecinos, no se ha ejecutado pero afirma que la reducción de las operaciones no puede ser "absoluta o total", pues el derecho a la intimidad "no tiene que ser sinónimo" de la ausencia total de vuelos.

Por su parte, los vecinos recuerdan en un comunicado que el Supremo ya dijo en 2008 que se vulneraba el derecho a la intimidad domiciliaria de los vecinos por la afluencia de vuelos en la zona.

Aparte, los 1.283 vecinos personados van a recurrir este auto en una nueva casación al Supremo -la tercera desde 2008- dado que aunque están conformes con la declaración de no ejecución del fallo del Alto Tribunal, "no consideran adecuada" la medida del TSJM para reducir el ruido.

Entienden además que, pasados seis años de la sentencia del Supremo, los sobrevuelos a la zona y los niveles de ruido se han "incrementado notablemente". Consideran que los niveles de ruido son evitables mediante aterrizajes desde el Norte hacia Barajas por la izquierda, pasado Ciudad Santo Domingo.