Madrid "prepara la posibilidad de pedir una moratoria" por la contaminación

  • Los niveles de contaminación han disminuido y la situación es "mejor" que en otras ciudades
  • Madrid modificará 20 ordenanzas para adaptarlas a las directrices europeas

El vicealcalde de Madrid, Manuel Cobo, ha asegurado este jueves que los niveles de contaminación registrados por la capital han disminuido si se comparan con los registrados años atrás y que la situación de la ciudad es "mejor" que la de otras urbes. Lo ha explicado en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, donde ha insistido, como ya señaló esta misma semana su compañera de filas Ana Botella, que Madrid "cumple con todos los requisitos y valores" exigidos por la Unión Europea menos con uno, el relativo al dióxido de nitrógeno. Cobo ha señalado que se rebasa el límite establecido por "una diferencia no muy grande". Y es que en Madrid se registran 46 microgramos por metro cúbico de aire cuando el parámetro establecido por la UE es de 40. También ha recordado que este valor era de 52 microgramos en 2003.

"Esto demuestra que algo se ha hecho. Las actuaciones realizadas en esta ciudad han tenido mucho que ver", ha argumentado el vicealcalde tomando como ejemplo la apuesta por el transporte público desde la Administración local.

En este punto, el vicealcalde ha remarcado que la normativa europea es "muy exigente" y que no alcanzar los parámetros marcados es común en otras muchas europeas. Ese es el caso de algunas regiones de los Países Bajos, concretamente Amsterdam, La Haya, Utrecht y Rótterdam, ejemplos "sorprendentes" al ser ciudades que habitualmente se relacionan con la apuesta por el medio ambiente. Ellas también han pedido una moratoria a la UE. Asimismo ha recordado que Barcelona es la segunda vez que pide una.

Cobo también ha confirmado que se "prepara la posibilidad de pedir una moratoria" para Madrid, "como ocurrirá con la mayoría de las ciudades". "Tenemos plazo suficiente para pedir una moratoria si seguimos sin cumplir en este aspecto concreto (dióxido de nitrógeno)", ha expuesto.

Por otro lado, el vicealcalde ha opinado que el cambio de ubicación de algunas estaciones medidores no influye en los resultados finales obtenidos en la medición de la contaminación. Para eso ha puesto el caso de la Casa de Campo, donde podrían haber bajado algunos valores mientras otros, como el del ozono, suben.

Por último, Cobo ha insistido en que una Administración "no sólo puede jugar con un aspecto sino con todos" ya que, en el hipotético caso de suprimir la circulación con vehículos privados, se mejoraría medioambientalmente aunque otros sectores se verían perjudicados.

MADRID MOFICARÁ 20 ORDENANZAS PARA ADAPTARLA A LA DIRECTIVA OMNIBUS EUROPEA

La Junta de Gobierno ha aprobado asimismo el proyecto de la ordenanza que trasladará al ámbito municipal las directrices del Parlamento Europeo y del Consejo y que obligará a modificar veinte ordenanzas, cuatro ordenanzas fiscales, siete reglamentos y dos normas municipales de otra naturaleza.

Según ha informado el vicealcalde, Manuel Cobo, en rueda de prensa tras la Junta, esta ordenanza, que ha denominado "ómnibus" porque "tiene calado en muchas normas", se adopta una vez que el Estado y la Comunidad de Madrid han incluido previamente las previsiones de la Directiva europea 2006/123/CE y se someterá a un periodo de información pública de 30 días naturales.

El nuevo texto normativo supondrá fundamentalmente la eliminación de requisitos que ahora se consideran innecesarios y la simplificación de los procedimientos administrativos. "Son medidas que liberalizan la economía, la administración de este ayuntamiento y la posibilidad de que los ciudadanos puedan acceder a gestionar con trámites más flexibles y menos impedimentos diferentes actuaciones empresariales, comerciales, etc en nuestro municipio", ha resumido Cobo.

Por ejemplo, suprime el procedimiento específico de homologación para el mobiliario de las terrazas y de los quioscos de hostelería y habilita a los hoteles para instalar terrazas en suelo municipal con determinados requisitos, lo que de paso contribuirá, como ha destacado Cobo, en la anunciada flexibilidad del Ayuntamiento para facilitar estas terrazas que hasta ahora no eran habituales fuera del verano, tras la entrada en vigor de la ley antitabaco.

Aunque en el ámbito municipal el efecto de esta Directiva es más limitado, el Ayuntamiento aboga por un planteamiento ambicioso que permita una incorporación efectiva de los principios básicos que inspiran estas normas, como la simplificación administrativa y la necesidad de modular el grado de intervención deseable, según el vicealcalde. Así, se elimina la autorización del órgano medioambiental para el vaciado de instalaciones hidráulicas ornamentales y se elimina el régimen de autorización para la prestación de los servicios públicos funerarios.

Además, se introducen los supuestos de declaración responsable y comunicación previa en algunas actuaciones de publicidad exterior realizadas en suelo de titularidad y uso privado y el uso de la comunicación previa para la cesión de las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante.

Igualmente, se sustituye la autorización municipal por la comunicación previa para acudir como compradores a los mercados mayoristas o ser usuarios de los mercados centrales de Pescados y Frutas y Verduras, salvo para tener la condición de abastecedor o de prestador de servicios complementarios.

La nueva Ordenanza determina que, con el fin de reducir las cargas administrativas, en las tramitaciones con el Ayuntamiento sólo podrán exigirse documentos o datos que sean estrictamente necesarios para resolver cada procedimiento concreto y que la Administración no pueda obtener por sus propios medios. De esta forma, no se exigirá, por ejemplo, el certificado o volante de empadronamiento como documento acreditativo del domicilio y residencia a quien esté empadronado en el municipio de Madrid y tenga la condición de interesado en los procedimientos cuya tramitación y resolución corresponda al Ayuntamiento o a los organismos públicos vinculados a él.

Todos los procedimientos administrativos y trámites municipales deberán ser simplificados y por eso, de forma paralela a la modificación de la normativa, se está llevando a cabo la revisión de la totalidad de dichos procedimientos, con el objetivo de establecer medidas adicionales para su simplificación.

Se suprimen algunos requisitos establecidos en las ordenanzas, como la restricción territorial de distancia mínima entre prestadores, en la Ordenanza reguladora de la Distribución Gratuita de Prensa en la Vía Pública; o la obligación de tener el establecimiento en el territorio de la autoridad competente, en la relativa a la prestación de los Servicios Públicos Funerarios.

Desaparece la intervención directa o indirecta de competidores -incluso dentro de órganos consultivos-, en la concesión de autorizaciones; al igual que la existencia de una necesidad económica, demanda en el mercado o evaluación de los efectos económicos, en la Ordenanza de Centros Comerciales de Barrio y en la Ordenanza reguladora de la Venta Ambulante.

Se elimina también el visado colegial en determinados casos y la exigencia de estar inscrito en un registro para llevar a cabo la actividad de fabricación de las placas de pasos de vehículos, que se podrá realizar sin necesidad de autorización municipal, en la Ordenanza reguladora de los Pasos de Vehículos.