Madrid aprueba su ordenanza contra el ruido

  • Los músicos necesitarán licencia para tocar en la calle
  • Además regula las alarmas, la carga y decarga y hasta el botellón

Freno al ruido. Aprobada en el Pleno municipal de la capital la nueva ordenanza del ruido en Madrid con importantes novedades. Los músicos necesitarán licencia para tocar en la calle pero además se regulan las alarmas, la carga y decarga y hasta el botellón. El Grupo Municipal Socialista anuncia que recurrirá ante los tribunales la nueva Ordenanza contra el Ruido porque obliga a los padres a pagar las sanciones que se impongan a sus hijos menores.

La delegada de Medio Ambiente, Ana Botella, ha contestado al Grupo Socialista que está en su derecho de recurrir la Ordenanza, pero que "tiene todos los informes necesarios" y "está basada en dos leyes, la Ley del Ruido y la Ley de Bases de Régimen Local, que otorga al Ayuntamiento la potestad sancionadora hasta 3.000 euros". Para Botella, esta ordenanza es "más liberal" que la anterior, puesto que autoriza la música en toda la ciudad excepto la que utilice instrumentos de percusión y elementos de amplificación, "cosa que está prohibida en la mayoría de las ciudades", y además no se incautarán los instrumentos a lo músicos callejeros.

La Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica fue aprobada el 5 de enero por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento y el pasado día 15 por la Comisión municipal de Medio Ambiente, con los votos del PP, el rechazo del PSOE y la abstención de IU, tras ser rechazadas 54 de las 66 enmiendas de la oposición. A pesar de que aborda numerosos aspectos, el debate se ha centrado en la regulación de las actuaciones musicales en la vía pública, que permite si autorización municipal previa salvo cuando se utilicen instrumentos de percusión y medios de amplificación.

El artículo 41 de la Ordenanza, acordado con IU, establece que "las actuaciones musicales en la vía o espacios públicos no estarán sometidas a autorización administrativa en lo que se refiere al ámbito de aplicación de esta Ordenanza". Ello "sin perjuicio de que no podrán ocasionar molestias que impidan el descanso de los vecinos o el normal desenvolvimiento de las actividades propias del local receptor, ni afectar a los objetivos de calidad acústica que se establezcan por la normativa de ruido".

Precisa sin embargo que "no se permitirán en el medio ambiente exterior actuaciones que empleen elementos de percusión, amplificación o de reproducción sonora, salvo aquellas que puedan autorizarse en zonas especialmente delimitadas, previa comprobación de que no produzcan perturbación de la convivencia vecinal".

MULTAS DE ENTRE 300 Y 600 EUROS PARA EL BOTELLÓN RUIDOSO

Músicos aparte, la Ordenanza sancionará por primera vez, con multas de entre 300 y 600 euros, a quienes causen molestias por ruido al practicar "botellón" en horario nocturno -de 23 a 7 horas-, también en lugares de titularidad privada y uso público.

Esta normativa, que sustituye a la vigente desde 2004 y adapta la legislación estatal en esta materia, prohibirá expresamente también el desarrollo de eventos en la vía pública a una distancia inferior a 150 metros de los centros socio-sanitarios, como son centros de mayores, residencias, centros sanitarios y en centros docentes si el acto se desarrolla en horario escolar.

Contempla además la declaración de Zonas de protección acústica especial y Zonas Acústicamente Saturadas por Ocio e incluye un catálogo de medidas concretas a aplicar como limitaciones a la implantación de nuevos establecimientos de ocio nocturno, horario de cierre anticipado o mayor insonorización de locales, entre otras.

Asimismo, regula cuestiones tan diversas como las alarmas, el uso de megafonía en las calles, obras, carga y descarga de mercancías, recogidas de contenedores de residuos o fiestas particulares.

Santín ha opinado que ésta es una ordenanza "técnicamente muy mala", "innecesaria", "oportunista en términos políticos", "arbitraria" porque permite imponer 750 euros de multa "a ojo", "fisgona", porque prohíbe el baile en el interior de las viviendas cuando se supera el ruido permitido, "incoherente", "recaudatoria", "permisiva" porque eleva los niveles máximos de ruido y "además ilegal".