Madrid adapta su norma de tráfico al nuevo protocolo anticontaminación

  • Ampliación a 8 horas de la tarifa plana para aparcar en zona SER para los autónomos

El Ayuntamiento de Madrid ha iniciado el camino para adaptar la normativa de tráfico a cambios normativos como el nuevo protocolo anticontaminación o la ampliación a 8 horas de la tarifa plana para aparcar en zona de estacionamiento regulado (SER) para los autónomos.

La Junta de Gobierno de hoy ha aprobado hoy una modificación de la ordenanza de Movilidad, un texto que ahora pasa a información pública y amplía y mejora la Ordenanza de septiembre de 2005 para adaptarla a la normativa vigente, en concreto a las últimas modificaciones de la Ley de Tráfico y a la Ley de Calidad del Aire y Protección a la Atmósfera.

Según informa el Consistorio en un comunicado, el nuevo texto incluye las medidas específicas de restricciones de tráfico y estacionamiento que se adoptarán durante episodios de alta contaminación, así como la forma en que se informará a la ciudadanía de estas medidas.

Además, recoge las sanciones que conllevará el incumplimiento de las medidas y modifica los artículos 61, 63 y 67 de la Ordenanza de 2005 para aclarar las excepciones que para el régimen general de estacionamiento autorizado y regulado supone la aplicación de medidas urgentes y extraordinarias por superación de los niveles máximos permitidos de contaminación.

Por otra parte, se introduce un nuevo título sobre tarjetas para el estacionamiento de personas con movilidad reducida, un modelo único que cumple con la nueva legislación de la Comunidad de Madrid.

La norma exige que los vehículos compartidos de empresas que prestan este servicio sean "limpios" -híbridos no enchufables o propulsados por Gas Licuado del Petróleo (GLP) o Gas Natural Comprimido (GNC)- y elimina el requisito actual que exigía una antigüedad inferior a un año desde su primera matriculación.

Además, a los residentes del SER que tengan un vehículo en alquiler o similar que no pueda ser matriculado en Madrid se les eliminará el requisito de estar dado de alta y al corriente del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica de Madrid. Sin embargo, deberán presentar declaración responsable de la empresa titular del vehículo de que no tiene domicilio legal ni sucursal en el municipio de Madrid.