Las Tablas y Montecarmelo tendrán nuevos centros deportivos municipales

  • Los barrios de Las Tablas y Montecarmelo contarán con nuevos centros deportivos municipales
Avenida del Camino de Santiago en las Tablas
Avenida del Camino de Santiago en las Tablas |WIKIPEDIA

El Ayuntamiento de Madrid autorizó este jueves los contratos de concesión de obra de los nuevos centros deportivos municipales de Las Tablas y Montecarmelo, en el distrito de Fuencarral-El Pardo.

Según informó hoy el Consistorio de la capital, la inversión inicial prevista es de 12 millones de euros, IVA excluido, en el caso del centro deportivo de Las Tablas, y de 11,7 millones de euros, IVA excluido, en el caso del centro deportivo de Montecarmelo. El Pardo. El primero estará ubicado en la calle Frómista, 33 y el segundo en la avenida Monasterio de El Escorial, 94.

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Los anteproyectos iniciales, elaborados por el Área de Obras y Equipamientos, prevén para ambas dotaciones una superficie construida de más de 5.000 metros cuadrados distribuidos en tres plantas que albergarán dos piscinas climatizadas, cinco salas para actividades dirigidas, dos salas de ciclo indoor y una sala multitrabajo (musculación, cardiovascular y peso libre), así como todos los espacios destinados para el buen funcionamiento del centro.

Asimismo, los licitadores podrán presentar un proyecto alternativo que cumpla con las determinaciones mínimas que desde el punto de vista constructivo, deportivo y urbanístico prevén los pliegos.

El programa deportivo inicial se ha consensuado con el distrito de Fuencarral-El Pardo, que será el responsable de la fase de explotación del contrato una vez finalizada la construcción. La duración inicial del contrato es de 25 años, de los cuales 23 corresponden a la explotación, ya que los dos primeros años son para la elaboración del proyecto y la ejecución de la obra. Dichos plazos se podrán reducir en la oferta de los licitadores.

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Por su parte, el concesionario quedará obligado al pago al Ayuntamiento de un canon anual que tendrá una parte fija y, en su caso, otra variable. El canon fijo consistirá en un importe a abonar desde el primer año de explotación de la obra, que responderá, como mínimo, al 5 % de los ingresos anuales previstos en la memoria económico-financiera del contrato, un porcentaje que será licitable al alza.

Por su parte, el canon variable consistirá en un importe correspondiente al 10 % de la diferencia positiva entre los ingresos que figuren en las cuentas anuales aprobadas y auditadas del ejercicio que sean presentadas a la Administración y los ingresos estimados en la memoria económico-financiera del contrato.