Ginés Jiménez, condenado a 18 meses de cárcel por obstrucción a la justicia

El juzgado de lo Penal número 13 de Madrid ha condenado a un año y seis meses de prisión al exjefe de la Policía Local de Coslada (Madrid), Ginés Jiménez, por un delito de obstrucción a la justicia por coaccionar a una testigo del caso Bloque, que investiga una supuesta trama de corrupción en el cuerpo de policía municipal.

Según ha indicado a Efe el propio Gimés Jiménez, el fallo supone además una multa de diez euros al día durante diez meses -3.000 euros- y la inhabilitación en el cargo y la suspensión del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

Durante el juicio, la mujer aseguró que Ginés Jiménez la coaccionó en 2010 porque ella era testigo en la instrucción principal del caso Bloque -en el que fueron imputados una veintena de agentes, incluido Jiménez- y envió a una persona para exigirle que retirase la denuncia que había interpuesto contra él.

El fiscal pidió cuatro años de prisión para el exjefe de la Policía Local y una multa de veinticuatro meses a razón de una cuota diaria de doce euros.

Jiménez ha asegurado a Efe que, en su opinión, esta sentencia es "injusta" porque en el juicio no ha quedado "claro" el intento de influir en la declaración de la testigo por el que ha sido condenado, tipificado en el artículo 464.1 del Código Penal.

Por ello, el exjefe de la Policía Local se ha declarado "sorprendido", porque según ha alegado tiene "más claro que nunca" que es inocente y que "no se ha hecho justicia", por lo que ha mostrado su decisión de recurrir la sentencia.

El juicio contra el ex mando policial es una causa separada del caso Bloque, en el que se investiga la presunta trama de corrupción destapada en 2008 en la Policía Local de Coslada y en el que fueron imputados una veintena de agentes, incluido Jiménez, que el pasado mes de noviembre se reincorporó a su puesto de oficial.

Durante las vistas, la acusación particular apoyó la petición del fiscal, mientras que la defensa de Jiménez pidió la absolución del acusado al entender que no cometió un delito de obstrucción a la justicia porque en ningún momento ejerció violencia, intimidación ni influyó sobre la testigo.

La testigo aportó una grabación que hizo a Jiménez en noviembre de 2010, cuando se reunió con él en un restaurante de San Fernando de Henares (Madrid) para abordar este asunto, una grabación que Ginés cuestionó porque, según afirmó, no contaba con autorización judicial y no se reconocía en algunos momentos de la conversación.

La tesis de la defensa de Jiménez es que hubo manipulación por parte de la Policía y en la declaración de la testigo.

En un comunicado remitido hoy, Jiménez destaca que la sentencia "no es firme" y que el juez no ha tenido en cuenta la "total ausencia de violencia e intimidación que exige de tipo de delito" por el que se le ha condenado, así como "la nulidad de las pruebas obtenidas sin autorización judicial", la declaración de testigos de la defensa y las "contradicciones" de la propia testigo del caso Bloque.

Además, el exjefe de la Policía Local de Coslada considera que es víctima de una "encerrona" en la que esta testigo estaba en "coordinación y complicidad" con instructores y mandos policiales del caso.

Jiménez, señalado como presunto cabecilla de la trama de corrupción destapada en 2008 en la Policía Local investigada en el caso Bloque, se reincorporó el pasado 8 de octubre al cuerpo local de policía de Coslada -como oficial- después de que el juez ordenara levantar la suspensión de empleo y sueldo que había tenido el agente en los últimos cuatro años.