La EMVS comprará 150 viviendas destinada a alquiler social ante la carencia existente

  • La EMVS regulariza a 88 familias que esténde okupas desde antes de enero

La Empresa Municipal de Vivienda y el Suelo (EMVS) comprará 150 viviendas distribuidas por todo Madrid destinadas a alquiler social dada la carencia patrimonial existente, ha informado este martes la delegada de Equidad, Derechos Sociales y Empleo y también presidenta de la empresa, Marta Higueras.

La compra, cuyo pliego se publicará mañana miércoles, ha salido adelante en el consejo de administración de la EMVS con los votos a favor de Ahora Madrid y el PSOE y el rechazo de PP y Ciudadanos. "Esas 150 viviendas no están destinadas a revenderlas, como algunos sugieren, sino a alquiler social. Las tenemos que comprar porque hay 9.000 personas inscritas en la EMVS y no tenemos (viviendas) por las ventas que se han producido", como las de 1.860 pisos a 'fondos buitre', ha declarado Higueras.

A la convocatoria del concurso podrán presentarse tanto particulares como entidades financieras u otras empresas con viviendas vacías. La idea del Ayuntamiento no pasa por comprar bloques enteros sino viviendas dispersas por toda la ciudad.

REGULARIZACIÓN DE OKUPAS

La Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo (EMVS), con los votos de Ahora Madrid y PSOE y el rechazo de PP y Ciudadanos, regularizará de manera excepcional la situación de 88 pisos okupados sin el debido título siempre y cuando los allí residentes se encuentren en esa situación desde antes del 1 de enero de 2016 para que "no haya efecto llamada", ha explicado la delegada de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, Marta Higueras.

Tras el consejo de administración de la empresa, Higueras ha explicado que esta iniciativa ha salido adelante con los votos favorables de Ahora Madrid y PSOE y el rechazo de PP y PSOE.

Los criterios aprobados para permitir esta regularización excepcional son haber okupado de manera ininterrumpida por un plazo no inferior a un año la vivienda como domicilio personal o familiar antes del 1 de enero de 2016 y acreditar que se han cumplido las normas de la comunidad, es decir, que no han sido conflictivos.

Ello se debe acreditar mediante un informe emitido por la Dirección de Servicios Sociales y Patrimonio de la EMVS, que debe dar luz verde también a que han hecho un uso correcto de las instalaciones comunes. Otro requisito es el compromiso por parte del okupante de abonar las rentas de alquiler y las cuotas atrasadas de comunidad desde la fecha de okupación hasta un máximo de cinco años.