Condenado a 17 años de cárcel por estrangular a su mujer por celos, en Villalba

La Fiscalía pide 20 años para inmigrante que mató a policía al arrojarle al tren
La Fiscalía pide 20 años para inmigrante que mató a policía al arrojarle al tren |Telemadrid

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 17 años y seis meses de cárcel a Nilhan S.I. después de que un jurado popular le considerase culpable de la muerte por asfixia de su compañera sentimental, Neriman H.K., a la que estranguló por celos el 17 de agosto de 2012 en Collado-Villalba.

Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la sentencia declara probado que el condenado entró en el dormitorio que compartía con la mujer, que se encontraba indefensa en la cama, le reprochó que estuviera con otro hombre, le pidió que cerrara el ordenador y al ver que ella cogía el teléfono móvil se lo arrebató, lo tiró por la ventana y le propinó un fuerte puñetazo en la cara.

Añade que de inmediato cogió un cordón liso de medio centímetro de ancho y de forma súbita, inopinada, rápida e imprevisible hizo un doble lazo alrededor del cuello de Neriman H.K. y la estranguló.

Tras matar a la mujer, agrega la sentencia, la dejó en el dormitorio bajo la cama, salió con unos amigos, volvió a su domicilio, cogió el coche y se dirigió a Francia, donde le contó a un amigo que había matado en España a la mujer con la que llevaba conviviendo diez años.

Esto permitió al amigo entrar en contacto con familiares en Bulgaria que denunciaron los hechos pero los magistrados no consideran que deba aplicarse al condenado la circunstancia atenuante de confesión porque Nilhan S.I. no acudió a la autoridad para relatar los hechos y solo cuando se le detuvo y ante la jueza instructora en España reconoció haber matado a su mujer.

La sala aclara que no se trata de una confesión a través de terceros, que no se prevé en la ley, sino ante el hecho de que el amigo al que le había contado lo que había hecho lo puso en conocimiento de personas que estaban en Bulgaria y estos denunciaron ante las autoridades la posible comisión de un delito.

Los magistrados reflejan que el jurado tampoco entendió que se deba constatar la circunstancia atenuante de arrebato u obcecación pues no ha podido demostrarse la existencia de estímulos o causas generalmente procedentes de la víctima que se entiendan suficientes para explicar en alguna medida su reacción.

El jurado estimó que la víctima sufrió un acto de alevosía sorpresiva y la sentencia recoge que hubo una discusión previa que parece que es la que desencadenó la decisión del acusado de matar a su mujer.

Explica que no es en el curso de esta discusión sino tras ella cuando Nilhan S.I se hizo con un cordón y atacó a Neriman H.K. por detrás y cuando ésta se encontraba boca abajo en la cama después de haber sido golpeada en la cara.

La resolución agrega que el acusado le colocó de forma súbita un cordón en el cuello de doble lazada y el estrangulamiento se realizó por la parte posterior, dejando a la mujer sin posibilidad de defensa.