El papa Francisco reforma el código penal y refuerza las sanciones contra la pederastia

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Francisco en el Ángelus
Francisco en el Ángelus |Francisco en el Ángelus

El papa Francisco ha aprobado una reforma del código penal de la Santa Sede y del Estado vaticano que prevé la introducción del delito de tortura, la supresión de la cadena perpetua y una mayor definición de los delitos contra menores, entre ellos la pornografía infantil y el abuso de menores.

Con esta reforma, aprobada a través de un "Motu Proprio" (documento papal), el papa prosigue la puesta al día del ordenamiento jurídico en la línea ya comenzada en 2010 por Benedicto XVI, informó hoy el Vaticano.

El sistema penal vaticano está basado todavía, en algunos aspectos, en el italiano Código Zanardelli de 1913, adoptado en 1929 tras los Pactos Lateranenses con Italia que dieron vida al Estado de la Ciudad del Vaticano, y en el Código Penal de 1889, de Humberto I.

Con este reforma, que afectará a todo el territorio del Vaticano y a los nuncios (embajadores) y al personal diplomático de la Santa Sede, Francisco pretende adecuar la legislación vaticana a la legislación internacional, también en la lucha contra la criminalidad internacional, el blanqueo de dinero y el terrorismo.

Entre las reformas, destaca la introducción del delito de tortura y una mayor precisión sobre los delitos de trata de personas, prostitución, reclutamiento y violencia sexual, pornografía infantil, posesión de material de pornografía infantil y actos sexuales con menores.

Ya el 15 de julio de 2010, Benedicto XVI dio una vuelta de tuerca en su lucha contra la pederastia y aprobó una reforma que ampliaba de 10 a 20 años el plazo para denunciar los abusos e introducía el delito de posesión de pornografía infantil.

También equiparó los abusos contra discapacitados psíquicos adultos a los cometidos contra menores e introdujo un nuevo delito por el que se castigaba la adquisición, posesión y difusión "por parte de un miembro del clero, en cualquier modo y con cualquier medio", de imágenes pornográficas que tengan como objeto a menores de 14 años.

Ahora, Francisco también ha incluido en la normativa el delito contra la humanidad, el genocidio y el "apartheid", así como normas más duras contra la corrupción.

ABOLICIÓN DE LA CADENA PERPETUA

El papa Bergoglio también ha abolido la condena a cadena perpetua y la ha sustituido por penas que van de los 30 a los 35 años.

El secretario para las relaciones con los Estados de la Santa Sede ("ministro de Exteriores"), el arzobispo Dominique Mamberti, señaló hoy que las leyes aprobadas representan una "intervención normativa de largo alcance" y desarrollan también las adoptadas por Benedicto XVI a partir de 2010 sobre la prevención y la lucha contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo.

Mamberti precisó que a pesar de los cambios de muchas normas "no sería correcto" afirmar que las conductas en ellas sancionadas fueran hasta ahora penalmente lícitas, "ya que de hecho se castigaban".

El arzobispo francés añadió que la introducción de las nuevas disposiciones "sirve para identificar con mayor certeza y definición los casos delictivos y cumplir, así, con las normas internacionales, ajustando las sanciones a la específica gravedad de los hechos".

Mamberti destacó entre las nuevas normas la extradición de todas las personas acusadas o declaradas culpables de los delitos sobre seguridad área o marítima cometidos en el extranjero "en el hipotético caso de que se hubieran refugiado en el Estado de la Ciudad del Vaticano".

En el tema financiero, Mamberti puso el acento sobre la actualización de las normas sobre confiscación, "reforzada por la introducción de la medida de bloqueo preventivo de los bienes".

El presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano, Giuseppe Dalla Torre, afirmó durante la presentación de la reforma que las observaciones del informe "Moneyval" del Consejo de Europa sobre medidas de prevención del blanqueo de dinero y de financiación del terrorismo han sido tenidas en cuenta, pero la reforma va más allá.

Así, Dalla Torre se refirió al delito de divulgación de documentos reservados (caso por el que fue condenado el pasado año a 18 meses de cárcel el exmayordomo de Benedicto XVI, Paolo Gabriele, al que después perdonó) y afirmó que la reforma establece una pena que va de seis meses a dos años de cárcel para quien obtenga de manera ilegal o revele documentos reservados.

También se prevén multas de mil a cinco mil euros para estos casos.

Si lo divulgado son documentos importantes sobre la Santa Sede, el estado de la Ciudad del Vaticano o relaciones diplomáticas, la pena aumenta de cuatro a ocho años de prisión.

Las nuevas normas entrarán en vigor el próximo 1 de septiembre.