El Gobierno eleva al 60% el mínimo por el que el acreedor podrá adjudicarse un bien embargado

  • El ICO pagará hasta 3.400 millones de euros a las pymes que tengan deudas con los ayuntamientos
  • Las familias podrán invertir en empresas y sus plusvalías estarán exentas
Rubalcaba cree "más pertinente que nunca" el debate sobre la supresión de las diputaciones
Rubalcaba cree "más pertinente que nunca" el debate sobre la supresión de las diputaciones |Telemadrid

El Consejo de Ministros aprobó este viernes diversas medidas económicas que anunció el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en el Debate sobre el Estado de la Nación y que respaldó el Congreso de los Diputados. En concreto, se ha aprobado elevar el límite mínimo por el que el acreedor puede adjudicarse el bien ejecutado del 50% actual al 60%. Además, se elimina la posibilidad actual de que en determinados casos el acreedor pudiera adjudicarse el bien incluso por debajo de esos límites.

Desde el Ejecutivo indicaron que se adoptan estas dos reformas para garantizar que la subasta del bien hipotecado "no dará lugar a situaciones abusivas ni al malbaratamiento del bien".

Por otra parte, se incrementa la cuantía de los ingresos inembargables cuando, una vez ejecutada la hipoteca y vendido el bien, queda todavía un saldo vivo de deuda.

Si hasta ahora la cuantía inembargable se limitaba al salario mínimo interprofesional (SMI), más un 10% en el caso de estos deudores, ahora esa cuantía se elevará hasta el 150% del SMI. Es decir, de poco más de 700 euros hasta 960 euros.

Por ejemplo, quien tenga a cargo dos miembros de su familia nuclear sin ingresos propios verá elevado el límite de inembargabilidad hasta 1.350 euros.

El vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que se trata de "proteger a las personas que tienen problemas con sus hipotecas".

EL GOBIERNO APRUEBA UNA REGLA DE GASTO PRESUPUESTARIO

Además el Consejo de Ministros aprobó establecer una regla de gasto presupuestario para el Estado y las corporaciones locales, e instó al Ministerio de Economía y Hacienda a que le pida a las Comunidades Autónomas que adopten una iniciativa similar. Así lo explicó Pérez Rubalcaba, quien subrayó que la propuesta a las autonomías se realizará en el Consejo de Política Fiscal y Financiera.

Con ese fin, el decreto-Ley que se ha aprobado modifica la Ley General de Estabilidad Presupuestaria y fija un tope máximo al incremento anual del gasto del Estado y de las principales entidades locales.

Ese tope se deriva de la evolución del PIB nacional en los cinco años anteriores y de las previsiones de evolución en los tres siguientes. Junto a estos elementos anunciados por el presidente del Gobierno, el Decreto-Ley incluye el cumplimiento del mandato de la Ley de Economía Sostenible que exigía una revisión de las reglas de silencio administrativo, transformando en silencio positivo todos aquellos silencios negativos que no estuviesen justificados.

EL ICO PAGARÁ HASTA 3.400 MILLONES DE EUROS A LAS PYMES ACREEDORAS DE LOS AYUNTAMIENTOS

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) pagará hasta 3.400 millones de euros las pymes que tengan deudas pendientes con los ayuntamientos, a los que se descontarán las facturas que pague el organismo de los ingresos a cuenta que realiza anualmente el Estado a las corporaciones locales. Esta medida incluida en un amplio decreto ley que recoge las nuevas medidas sobre embargos hipotecarios y la regla de gasto para el Estado y los ayuntamientos, se trata de una idea "sencilla" y no dudó de que va a funcionar de forma satisfactoria.

El mecanismo consiste en que los proveedores de las administraciones públicas, y especialmente pymes de menos de 250 trabajadores, puedan recibir de modo inmediato a través del ICO el pago de una parte muy relevante de las deudas que con ellos mantienen las entidades locales.

El organismo crediticio destinará recursos al pago de las obligaciones contraídas y no satisfechas por las entidades locales, generando a cambio un crédito del ICO frente a éstas, que deberán devolver en un máximo de tres años y que tendrá por garantía la participación de la entidad concreta en los tributos del Estado.

Las operaciones tendrán un límite máximo del 25% del importe anual de las entregas a cuenta de la participación de la entidad local en tributos del Estado del año 2011, es decir, unos 3.400 millones de euros.

DEDUCCIONES EN EL IRPF POR INVERSIONES EMPRESARIALES

Por otro lado, el decreto ley recoge también una medida dirigida específicamente a impulsar nuevos proyectos empresariales, y especialmente iniciativas innovadoras que favorezcan el cambio de modelo productivo.

Para ello, el Gobierno ha aprobado un tratamiento fiscal ventajoso en el IRPF para las plusvalías obtenidas por los inversores que se impliquen a medio plazo en la creación e impulso de esos proyectos, sin participar en la dirección y gestión de las sociedades resultantes. La inversión máxima anual será de 25.000 euros y las plusvalías resultantes estarán exentas los tres primeros años.

Para lograr el "tratamiento fiscal ventajoso en el IRPF", los inversores deben mantener sus acciones o participaciones durante un período "superior a tres años e inferior a diez años".

Además, los inversores no podrán participar en la dirección y gestión de las sociedades resultantes.

Por otra parte, para profundizar en las medidas ya adoptadas por el Gobierno, dirigidas a agilizar los trámites para crear una empresa, hoy se ha aprobado el extender el uso de los medios electrónicos para reducir plazos y abaratar costes a los emprendedores.

A partir de ahora, cualquier emprendedor que lo desee podrá obtener de forma directa y telemática la certificación negativa de denominación social que necesita para emprender su actividad mediante una sociedad. Asimismo, el Consejo de Ministros también ha decidido impulsar el silencio positivo para agilizar la creación de empresas.