El Comité de Apelación anula el cierre parcial del Metropolitano dos partidos

  • La clausura del estadio se produjo después que un aficionado profirió desde la grada de animación un grito imitando el sonido de un mono dirigido al jugador visitante Nico Williams
  • El Atlético argumentó su falta de responsabilidad en el incidente, tras haber adoptado todas las medidas de prevención requeridas
Estadio Metropolino
Estadio Metropolino |@Metropolitano

El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEF) estimó el recurso del Atlético de Madrid y anuló el cierre parcial del estadio Metropolitano por dos partidos y la sanción de 20.000 euros, impuesta por el Comité de Disciplina el pasado 30 de abril.

La clausura del estadio y la multa al club rojiblanco se produjo después que en la jornada 33, en el partido ante el Atletic Club, un aficionado aislado profirió desde la grada de animación un grito imitando el sonido de un mono, dirigido al jugador visitante Nico Williams, según recogió el acta arbitral.

El Atlético argumentó su falta de responsabilidad en el incidente, tras haber adoptado todas las medidas de prevención requeridas y el hecho de que el responsable del cántico fue localizado por las cámaras del estadio, monitorizadas desde la UCO, que fue identificado y propuesto para sanción por la Policía Nacional al final del partido.

Nico Williams denuncia insultos racistas en el Metropolitano
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Apelación afirma en su fallo que desde un punto de vista de la diligencia exigible al club organizador, el Atlético de Madrid "ha desplegado, tanto desde el punto de vista de la prevención como de la reacción, medidas que acreditan un comportamiento de la máxima diligencia posible, sin que quepa apreciar la existencia de otras medidas que pudieran haber sido adoptadas para evitar tales hechos (medidas preventivas) o mitigar su gravedad (medidas reactivas)".

"En consecuencia, a la luz de las medidas preventivas y reactivas adoptadas por el organizador, este Comité concluye que el Club actuó con la mayor de las diligencias posibles, concurriendo por tanto el supuesto de exoneración de responsabilidad previsto en el artículo 15 del Código Disciplinario, estimándose el recurso, revocando el acuerdo impugnado y anulando la sanción pecuniaria de 20.000 euros y la clausura parcial del recinto deportivo por dos partidos", añade.

Hace unos días el Atlético de Madrid comunicó que había suspendido cautelarmente, por tiempo indefinido, la condición de socio abonado de la grada de animación al autor del incidente mientras se resuelve su caso en los órganos sancionadores competentes.