La Audiencia acuerda que el fallo de la doctrina Parot es aplicable a otros etarras

La Audiencia acuerda que el fallo de la doctrina Parot es aplicable a otros etarras

La Audiencia Nacional considera que la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que permitió la excarcelación de la etarra Inés del Río "claramente trasciende a la demandante" y es "de aplicación general a todos los casos en que se den situaciones semejantes".

Así se recoge en el auto por el que el pasado viernes el Pleno de la Sala de lo Penal acordó, por 16 votos a favor y uno en contra, la excarcelación del etarra Juan Manuel Piriz López, que ese mismo día salió de la cárcel de Algeciras (Cádiz) tras permenecer en prisión durante 29 años y ocho meses.

El auto, del que ha sido ponente el magistrado José Ricardo de Prada, sostiene que el Tribunal de Estrasburgo ha puesto de manifiesto la "incompatibilidad" de la 'doctrina Parot' con el Convenio Europeo de Derechos Humanos" y añade que no cumplir esta resolución no sólo "implica una infracción de obligaciones jurídicas internacionales" sino también "distanciarse de Europa y del sentido de su civilización".

Los magistrados de la Sala de lo Penal, presidida por el juez Fernando Grande-Marlaska, subrayan que "en este momento la jurisprudencia del TEDH "marca el canon o estándar internacional en el reconocimiento y protección de los derechos humanos fundamentales en Europa, con proyección a otros continentes, y constituye además el fiel de la balanza que sirve de referencia para calibrar la calidad del 'Estado de Derecho' de sus países miembros".

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